Ley num. 13752

Comprendiendo a los funcionarios y empleados del Poder Legislativo en las disposiciones de la Ley Nº 11769.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17125

Declárese sin fuerza ni efecto legal alguno las Leyes Nºs. 13752 y 15243 debiendo ceñirse las cédulas de jubilación o censanía de los empleados del Poder Legislativo a lo preceptuado en las Leyes 14991 y 15691 que con carácter general rige para los funcionarios y empleados públicos. (Artículo 3º).

Fecha: 20 de Noviembre de 1968

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



Ver Ley num. 13752

PDF Ley num. 13752

Ver Decreto Ley núm. 17125

PDF Decreto Ley núm. 17125

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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