Ley núm. 11549

Modificando el artículo 8º de la Ley Nº 9125, sobre expropiación forzosa.

Norma: Ley


Derogado por Decreto Legislativo núm. 313

Deróganse las Leyes Nos. 9125, 11549, 1o, 10o. de la Ley N° 15225, los Decretos Leyes Nos. 17633, 17803, 18157, 18459, 19288, 19417, 20082, 20525, 20577, 21221, 21808, 22033, 22444 y 22859, los Decretos Supremos Nos. 41 del 13 de abril de 1951, 013-69-FO/SG de 27 de Febrero de 1969, 112-72-EF de 13 de junio de 1972 y 186-76-EF de 14 de Diciembre de 1976, así como las demás disposiciones legales reglamentarias que se opongan a la presente ley. (Artículo 70°)

Fecha: 14 de Noviembre de 1984

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



Ver Ley núm. 11549

PDF Ley núm. 11549

Ver Decreto Legislativo núm. 313

PDF Decreto Legislativo núm. 313

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


Este sitio usa imágenes de Depositphotos