Ley N° 25223

Promulgan Ley que establece que la compensación por tiempo de servicios de trabajadores empleados, sujetos a la Ley N° 4916, se calculará sobre su último sueldo.

Norma: Ley


Derogado por Decreto Legislativo núm. 650

Derógase las leyes N° 6871, 849, 10239, 11772, 12015, 13790, 13842, los Decretos Leyes 18003, 21116, excepto su artículo 4to., Leyes 23707, 25223, Decretro Supremo N° 015-91-TR, así como todas las disposiciones legales sobre compensación por tiempo de servicios, salvo lo establecido en las Disposiciones Transitorias de este Decreto Legislativo enn tanto se apliquen. (Quinta Disposición Final).

Fecha: 24 de Julio de 1991

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Ley N° 25223

PDF Ley N° 25223

Ver Decreto Legislativo núm. 650

PDF Decreto Legislativo núm. 650

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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