Ley N° 24944

Las Municipalidades reservarán áreas destinadas a cementerios públicos en los Asentamientos Humanos y zonas urbano marginales, según su densidad poblacional y tasa de mortalidad.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 26298

A partir de la vigenica de la presente Ley, derógase los Artículos 85, 86, 87, 88 y 91 del Decreto Ley N°17505, Ley N° 23512, Ley N° 24944, Decreto Supremo N° 012-86-PCM, Resolución Viceministerial N° 0164-87-SA/DVM y todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley. (Segunda Disposición Transitoria y Final).

Fecha: 28 de Marzo de 1994

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Ley N° 24944

PDF Ley N° 24944

Ver Ley núm. 26298

PDF Ley núm. 26298

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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