Decreto Ley núm. 11195

Reservando para el Estado las caídas de agua que se estime conveniente no conceder; y señalando una nueva escala de impuestos al aprovechamiento de las aguas para fuerza motriz.

Norma: Decreto Ley


Derogado por Ley Nº 22226

Derógase la Ley N° 4391 y sus modificatorias las Leyes Nos.11195 y 11467 y condónase las obligaciones que por concepto del impuesto creado por aquella Ley que estuvieran pendientes de pago. (Artículo Único).

Fecha: 05 de Julio de 1978

En el gobierno del presidente Francisco Morales Bermúdez Cerruti



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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