EN CAJAMARCA

Corte Superior de Justicia de Cajamarca

Institución autónoma encargada de administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales que permita contribuir a la paz social de su zona.

Corte Superior de Justicia de Cajamarca
Foto referencial

En este año 2025, en el distrito de Cajamarca podemos encontrar a «Corte Superior de Justicia de Cajamarca». Sus datos completos de ubicación y de contacto son públicos.

 
 

Corte Superior de Justicia de Cajamarca

 
Dirección:       Jr. Triunfo Nro. 592 - Plazuela de Belen Amazonas - Perú.
                       Cajamarca - Perú      
 
Teléfonos:       (076) 361946
 
Web:               http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuperiorcajamarcapj/
                       s_csj_cajamarca_nuevo/as_inicio
 
 
PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA
 
El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial de Cajamarca.
 
Es elegido el primer jueves del mes de diciembre, cada dos años y en votación secreta por los Jueces Superiores Titulares de la respectiva Corte, los cuales se reúnen en sesión de Sala Plena.
 
Funciones:
 
Conforme al artículo 94 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones de la Sala Plena de la Corte Superior:
 
1. Elevar a la Corte Suprema las propuestas de ley que elabore y, con informe, las que eleven los Jueces Especializados y de Paz Letrados,   conforme a ley.
2.     Designar al Vocal Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, cuando sea procedente.
 
3.     Dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las deficiencias en el funcionamiento del Consejo Ejecutivo Distrital.
 
4.     Nombrar y remover al Síndico Departamental de Quiebras.
 
5.    Conocer en última instancia las medidas disciplinarias que se aplican por los Jueces Especializados o Mixtos y en su caso por los Jueces de Paz Letrados a los funcionarios y Auxiliares de justicia, conforme a esta Ley y el Reglamento.
 
6.     Las demás que señale la ley y los reglamentos.
 
SALA PLENA
 
La Sala Plena de la Corte Superior de Justicia, según el artículo 72º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es un órgano de dirección del Poder Judicial en el respectivo distrito judicial. Forman la Sala Plena de la Corte Superior, todos los Vocales Superiores titulares. Los Vocales de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura y del Consejo Ejecutivo Distrital no intervienen en los casos en que hayan conocido en el ejercicio de sus funciones. El quórum es de más de la mitad del número de Vocales en ejercicio. La asistencia es obligatoria, la inasistencia se sanciona con una multa equivalente a un día de haber, debiendo publicarse la relación de los concurrentes e inasistentes. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple. Se reúne para la ceremonia de inicio del Año Judicial, cuando lo convoque el Presidente o cuando lo soliciten tres o más de sus miembros. En este último caso, si la Corte tiene más de quince Vocales es necesario un tercio del número total de miembros.
 
Funciones:
 
Conforme al artículo 94 del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones de la Sala Plena de la Corte Superior:
 
Elevar a la Corte Suprema las propuestas de ley que elabore y, con informe, las que eleven los Jueces Especializados y de Paz Letrados, conforme a ley.
Designar al Juez Superior Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, cuando sea procedente.
Dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las deficiencias en el funcionamiento del Consejo Ejecutivo Distrital.
Nombrar y remover al Síndico Departamental de Quiebras.
Conocer en última instancia las medidas disciplinarias que se aplican por los Jueces Especializados o Mixtos y en su caso por los Jueces de Paz Letrados a los funcionarios y Auxiliares de justicia, conforme a esta Ley y el Reglamento.
Las demás que señale la ley y los reglamentos.
 
 
OFICINA DEsCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE CAJAMARCA - ODECMA
 
Es el órgano de control que tiene por función investigar la conducta de funcionarios y/o servidores judiciales, señalada expresamente en la ley como supuesto de responsabilidad. Su finalidad es coadyuvar a que los magistrados y auxiliares jurisdiccionales se desempeñen con observancia a los principios de la administración de justicia, desarrollando sus labores con eficiencia y eficacia acorde a los valores éticos de la función judicial.
 
 
RESEÑA HISTORIA
 
El Distrito Judicial de Cajamarca, abarcaba al comienzo de su vida institucional los actuales departamentos de Cajamarca, Amazonas, San Martín y Loreto, los que estaban bajo la jurisdicción del departamento de La Libertad, lo que ocasionaba verdaderos trastornos a la administración de justicia, por las distancias y dificultades de las vías de comunicación. En la guerra con Chi le, el pueblo de Cajamarca tuvo decidida participación en el rechazo a los invasores. La Corte Superior respaldó esta acción y hasta tomó juramento a u n Presidente de la República, el Contralmirante Liz ardo Montero, con fecha 15 de Septiembre de 1881.
A partir de 1900 se ve disgregada por la creación de otros distritos judiciales, como son: Loreto en 1906 y Lambayeque en 1920. En 1942 se crea la Segunda Sala de la Corte que al igual que la Primera funcionan hasta la fecha. En Noviembre de 1997 se creó la Sala Mixta Descentralizada de Santa Cruz, Chota y Bambamarca.
 
 
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