¿Cómo funciona la VUCE?
La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) es un sistema electrónico que permite realizar todos los tramites de comercio exterior (exportación e importación) en un sólo lugar.
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¿Cómo puedo acceder a la VUCE?
Para acceder a la VUCE e iniciar tus operaciones, se debe ingresar el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC), seguido por el código de Usuario SOL y tu clave de SOL. Éstos, son proporcionados por la Superintendecia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).
¿Qué es la Clave de SOL?
Es la firma electrónica regulada por la SUNAT, utilizada para la autenticación de los administrados que realizan trámites ante la VUCE. Este, asociado al Código de Usuario SOL otorga privacidad en el acceso a la VUCE.
¿Qué es el Código de Usuario SOL?
Es el texto conformado por números y letras, que permite identificar al usuario, que ingresa a SUNAT Operaciones en Línea y que es utilizada para la autenticación en la VUCE.
Si usted es usuario por primera vez, entonces primero debe acceder al portal de la SUNAT Operaciones en Línea (www.sunat.gob.pe) y en la sección de administración de usuarios debe marcar la función VUCE.
¿Cómo puede el personal de mi empresa puede hacer los trámites a través de la VUCE?
Como usuario principal, usted puede crear tantos usuarios secundarios como requiera. Para ello, deberá acceder al portal de la SUNAT e inscribir a los usuarios secundarios creándoles un código de usuario SOL, una clave SOL y asignándoles sus roles en la VUCE.
¿Los trámites en la VUCE se realizan sólo por medios electrónicos?
Efectivamente, si usted inició un procedimiento administrativo por la VUCE, éste deberá ser tramitado íntegramente por vía electrónica, con excepción de aquellos que impliquen alguna diligencia fuera de la entidad.
Si la transmisión electrónica de los documentos supera las especificaciones técnicas sobre documentos digitales o digitalizados establecidos por la VUCE, se permite la entrega de información contenida en soportes magnéticos o a través de medios electrónicos alternativos.
¿Qué es la Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE)?
Es el formato electrónico contenido en el componente de mercancías restringidas de la VUCE, mediante el cual los administrados requieren a la autoridad competente las certificaciones, permisos, licencias, registros y demás autorizaciones para el ingreso, tránsito o salida de mercancías restringidas, completando datos o marcando alternativas planteadas para proporcionar la información usual que se estima suficiente.
¿La información que envíe o que reciba a través de la SUCE tiene valor legal?
Si, las firmas y documentos digitalizados o electrónicos generados y procesados dentro del sistema de la VUCE tendrán la misma validez legal que los documentos manuscritos y serán aceptados por las Entidades competentes y las que están vinculadas a la VUCE.
¿Cómo se presenta la SUCE?
Luego de que usted ingrese al sistema, debe escoger la entidad competente y el procedimiento que desea realizar, inmediatamente el sistema le proporcionará el formato electrónico adecuado de la SUCE. Seguidamente, deberá llenar el formato y una vez terminado, transmitirlo a través del sistema, cumpliendo con los requisitos solicitados.
Los documentos solicitados por las entidades como requisitos de trámite, lo podrá presentar adjuntándolos en formato digital (escaneados) y enviarlos junto con la SUCE.
Una vez transmitido la SUCE y los datos hayan sido validados electrónicamente, la VUCE notificará a su buzón electrónico el número de la SUCE, dándose inicio al procedimiento administrativo. En caso se requiera del pago de una tasa administrativa conforme al TUPA de la entidad competente, antes de dar inicio al procedimiento usted debe cancelar la referida tasa, iniciando así el procedimiento.
¿Cómo presento los documentos solicitados por las entidades como requisitos del trámite?
Podrás adjuntar los documentos exigidos por la entidad en formatos digitales o digitalizados (escaneados) y enviarlos junto con la SUCE.
¿En qué momento se inicia el procedimiento administrativo en la VUCE?
Una vez que hayas transmitido la SUCE y los datos hayan sido validados electrónicamente, la VUCE te notificará en tu Buzón Electrónico el número de la SUCE, dándose inicio al procedimiento administrativo. En caso se requiera del pago de una tasa administrativa conforme al TUPA de la entidad competente, antes de dar inicio al procedimiento debes cancelar la referida tasa. Iniciado el procedimiento, la entidad competente resolverá dentro de los plazos legales correspondientes señalados en su propio TUPA.
¿Cómo realizo los pagos de las tasas administrativas de mis trámites?
Si el procedimiento requiere del pago de una tasa administrativa, una vez que usted haya transmitido el formato de SUCE, la VUCE enviará un mensaje a su buzón electrónico con el código del pago bancario informando el monto a pagar, cuya vigencia es de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción. De no cancelarse la tasa en el plazo mencionado, los códigos de pago bancario emitidos y no cancelados quedan sin efecto. Los pagos se realizan en ventanilla de los bancos autorizados por la SUNAT, o mediante el servicio de pago electrónico de esta institución, en caso de pagos en ventanilla se puede realizar en efectivo, con cheque de gerencia o certificado.
¿Qué es una notificación electrónica?
A través de la VUCE se notifica al administrado todo acto administrativo generado por la entidad competente en el procedimiento.
¿Qué es el documento resolutivo?
Es aquel en el que consta el acto administrativo emitido por las entidades competentes, mediante el cual se otorga o deniega permisos, registros, certificaciones, licencias y demás autorizaciones solicitadas para el ingreso, transito o salida de mercancías restringidas.
¿Cómo se hace el control en el despacho aduanero del documento resolutivo?
Si usted ha obtenido el documento resolutivo a través de la VUCE, no será necesario que lo presente en forma física durante el despacho aduanero, ya que los funcionarios de la SUNAT tienen acceso a todos los registros de la VUCE.
Asimismo, cada vez que se incluye en dicha lista un procedimiento, usted tendrá un plazo de seis meses en el cual podrá llevar a cabo el trámite, tanto por la VUCE como por los medios tradicionales.
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