Perros guías deben ser acreditados internacional

Los perros guías que los invidentes empleen en el Perú para ingresar y permanecer en lugares públicos deberán ser acreditados internacionalmente, tras ser registrados por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).

8 de enero de 2012 » Archivo

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nota de prensa


De acuerdo con la Ley 29830, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la acreditación será emitida por alguna escuela reconocida por la Federación Internacional de Escuelas de Perros Guía.

El uso de estos animales también deberá cumplir las condiciones higiénico sanitarias dispuestas por el Colegio Médico Veterinario del Perú, las mismas que serán certificadas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) en regiones donde dicha orden profesional no tenga sede.

La ley que promueve y regula el uso de perros guía para el libre acceso y permanencia de invidentes en lugares de uso público dispone, también, que el sector público otorgará a este grupo de la población una licencia de hasta 30 días, con goce de haber, para capacitarse en el empleo de estos animales.

Se precisa, además, que la importación de perros guía para ese fin debe cumplir con los requisitos sanitarios vigentes y está inafecta del pago de derechos arancelarios, de acuerdo con la Ley General de la Persona con Discapacidad.

También se indica que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) es el encargado de remitir para ese fin el listado de aparejos u objetos necesarios para el uso de perros guía de personas con discapacidad visual al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).


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