Desde Estrasburgo (Francia) (AFP)

La CEDH condena que una empresa controle mails privados de un empleado para despedirlo

La Corte Europea de Derechos Humanos se pronunció este martes en apelación a favor de un rumano despedido por haber escrito correos personales desde la mensajería de su empresa.

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La Corte Europea de Derechos Humanos, en Estrasburgo, en una imagen del 14 de octubre de 2014. El tribunal se pronunció este martes en apelación a favor de un rumano despedido por haber escrito correos personales desde la mensajería de su empresa - AFP/AFP/Archivos
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La corte Europea de Derechos Humanos se pronunció este martes en apelación a favor de un rumano despedido por haber escrito correos personales desde la mensajería de su empresa.

Bogdan Mihai Barbulescu, de 38 años, denunciaba que su jefe espió sus comunicaciones, violando su derecho al respeto de su vida privada y de su correspondencia, protegidos por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Los jueces de la Gran Cámara, la instancia suprema de la CEDH, estimaron que las autoridades nacionales rumanas, que avalaron su despido, "no protegieron correctamente" sus derechos, según la decisión adoptada por 11 votos a favor y 6 en contra.

Esta decisión era muy esperada, "ya que hoy todos vivimos conectados" y la separación entre la vida privada y la profesional es cada vez más delgada, señalaron fuentes de la institución.

Bogdan Mihai Barbulescu, un ingeniero rumano, fue despedido en 2007. Su jefe había constatado que había utilizado la mensajería de la empresa con fines personales, incumpliendo el reglamento interno.

La justicia rumana se había pronunciado a favor de la empresa, estimando que su jefe tuvo un comportamiento razonable y que la revisión de las comunicaciones de Barbulescu era la única manera para establecer que hubo una infracción disciplinaria.

El empleado rumano solicitó entonces a la CEDH, que se pronunció en 2016 en contra del solicitante, estimando que una empresa puede revisar el contenido de las comunicaciones de sus empleados en el marco de un procedimiento disciplinario.

Pero el empleado solicitó que se reexamine su caso, lo que aceptó el tribunal.

Los jueces de la CEDH se interesaron esta vez más en detalle por el margen de maniobra de las empresas a la hora de controlar el uso de internet de sus empleados.

La Confederación Europea de Sindicatos (CES) había estimado que el despido de Barbulescu era una medida desproporcionada y exigía medidas graduales, comenzando con una advertencia verbal.

Los despidos, estimaban, deben ser la sanción en caso de infracciones repetidas o en caso de violación grave del uso de internet empresarial.




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