La Corte Suprema ha anulado la multa impuesta debido a una violación del Código Tributario.

Favorece a compañías que han sido penalizadas por violar el Artículo 178, apartado 1, en infracciones ocurridas entre el 6 de febrero de 2004 y el 30 de diciembre de 2016.

10 de octubre de 2023 » Archivo

Notas de Prensa
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La Corte Suprema, la máxima autoridad en asuntos judiciales, ha decidido anular las sanciones impuestas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) relacionadas con infracciones establecidas en el artículo 178, numeral 1 del Código Tributario. Estas infracciones ocurrieron en el período comprendido entre el 6 de febrero de 2004 y el 30 de diciembre de 2016.

La sentencia de Casación 56351-2022 establece un precedente importante y beneficia a todas las empresas que actualmente se encuentran en disputas legales o en procesos de reclamación debido a esta cuestión. El abogado tributarista ampliamente reconocido como "Doctor Impuestos", el doctor Jorge Rodríguez, logró esta victoria legal.

El doctor Rodríguez explicó que el artículo 178, numeral 1 del Código Tributario fue modificado en 2016 mediante el Decreto Legislativo 1311. Esta modificación establece la eliminación de las sanciones por declarar un crédito fiscal mayor, sanciones que no afectan la determinación ni el pago de impuestos. En otras palabras, si estas sanciones no tienen un impacto en los impuestos, entonces no debería aplicarse ninguna multa.

El abogado tributarista destacado señaló que, antes de esta modificación, hubo un período de tiempo, desde 2004 hasta 2016, que generaba confusión. En este sentido, la Corte Suprema decidió que el artículo 103 de la Constitución Política establece que las normas son de "aplicación inmediata" en las consecuencias y relaciones jurídicas existentes.

El "Doctor Impuestos" explicó que si no se había notificado una sanción por acciones cometidas entre 2004 y 2016, y la notificación se realizó después de 2016, cuando la norma ya no imponía sanciones, la Corte Suprema determinó que se debe aplicar la norma actual de manera inmediata.

El proceso de sanción se inicia con la notificación de la resolución correspondiente por parte de la Sunat. La Corte Suprema aclaró que esto no había ocurrido en este caso, sino que la notificación se realizó cuando ya no se sancionaba esa conducta. Por lo tanto, la Corte Suprema optó por anular la sanción.

Es importante destacar que este proceso atravesó varias etapas, incluyendo la Sunat, el Tribunal Fiscal, la primera y la segunda instancia judicial, antes de llegar a la Corte Suprema, donde finalmente se hizo justicia.

En resumen, cualquier empresa que haya sido sancionada por la Sunat debido a infracciones del artículo 178, numeral 1 del Código Tributario, cometidas entre el 6 de febrero de 2004 y el 30 de diciembre de 2016, y que actualmente esté involucrada en litigios por esta razón, puede tomar como referencia la sentencia de Casación 56351-2022, que fue ganada en la Corte Suprema por el Doctor Jorge Rodríguez, conocido como "Doctor Impuestos".


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