Reniec ofrece recomendaciones para la detección de un DNI falso

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) dio algunas recomendaciones que servirán para reconocer cuando un Documento Nacional de Identidad (DNI) es falso con el fin de prevenir delitos y una serie de contratiempos. 

4 de febrero de 2014 » Archivo

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nota de prensa


En primer lugar, al recibir un DNI se debe comprobar si la fotografía corresponde a su portador. La imagen tiene que coincidir también con la fotografía pequeña ubicada al lado de la firma del ciudadano. Sobre ambas fotos y en el resto del documento –tanto en el anverso como en el reverso– debe haber líneas onduladas superpuestas.

En un DNI auténtico el número figura tres veces: arriba, a la derecha, en rojo; al lado de la foto, y entre los códigos que se encuentran en la parte inferior. En estos códigos se ha incluido la fecha de nacimiento, que debe ser igual a la que aparece al lado de la foto más grande.

La impresión de los DNI se realiza con tecnología láser utilizando un papel especial, similar al usado para imprimir billetes, y la mica es colocada de tal manera que hace imposible la separación de los elementos, sin causar su destrucción. Algunos de los mecanismos de seguridad incorporados en el DNI se pueden percibir a simple vista y otros solo son visibles con lupa o bajo luz ultravioleta.

A trasluz, se puede ver un sello de agua con la forma del Escudo Nacional y una línea vertical (hilo de seguridad). Si se coloca el DNI bajo luz ultravioleta, esa misma línea se ve roja y blanca, y se lee la palabra “identidad” situada diagonalmente.

El organismo registral llama a los ciudadanos a tomar en cuenta estas indicaciones para no ser sorprendidos, y recomienda denunciar ante la Policía Nacional la pérdida de su DNI y cualquier señal de manejo ilegal del documento.

A las instituciones les recuerda que, además de considerar las características señaladas líneas arriba, pueden utilizar una lectora de código de barras y los servicios de verificación de identidad ofrecidos por Reniec, antes de concretar un trámite o transacción.

Además, Reniec aseguró que los falsificadores no ingresan a su base de datos, ni obtienen un duplicado del documento original.

La falsificación de documentos y el uso de documentos falsificados tienen las mismas penas. Si su uso ocasiona algún perjuicio, el Código Penal vigente señala que a ambos delitos les corresponde una pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez años.


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