Empresas que contaminen alcantarillado pagaran hasta 20 veces su tarifa regular

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) recomendó a las industrias y comercios no descargar sustancias contaminantes y sólidos al alcantarillado y evitar así el pago adicional que puede alcanzar hasta 20 veces su factura mensual a las Empresas Prestadoras del Servicio de Saneamiento (EPS).

6 de septiembre de 2013 » Archivo

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Voceros de esta entidad recordaron que, a partir de hoy, entra en vigencia el Decreto Supremo 021-2009-Vivienda, que determina los valores máximos admisibles de contaminación y regula las descargas de aguas residuales no domésticas al sistema de alcantarillado.

La norma busca incentivar la mejora de las prácticas y cultura sanitaria y, de ser el caso, invertir en sistemas de pre tratamiento de las descargas residuales de los usuarios no domésticos (empresas, instituciones públicas y privadas, restaurantes, clínicas, hospitales, entre otros).

La finalidad es evitar que los sólidos y las concentraciones elevadas de sustancias contaminantes y/o tóxicas deterioren la infraestructura sanitaria y el tratamiento de aguas residuales.

En la actualidad, diversos comercios e industrias descargan sin control alguno sustancias que contienen residuos sólidos, líquidos o gaseosos, material orgánico, mezclas inflamables, radioactivas, explosivas, corrosivas, tóxicas o venenosas.

También se arroja diversos objetos que causan obstrucciones físicas, interferencias, y sedimentos que impidiendo el flujo de las aguas residuales y dañando la tubería, pero además provocando el colapso de los sistemas de alcantarillado a nivel nacional.

Para entender mejor los alcances de la norma sobre VMAs, la Sunass ha puesto a disposición de los interesados una práctica guía con preguntas y respuestas en su página web.

La función de Sunass, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa.

Fuente: [Andina]
 


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