Corte Superior de Justicia de Apurímac
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Corte Superior de Justicia de Apurímac

Institución autónoma encargada de administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales que permita contribuir a la paz social de su zona.

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Corte Superior de Justicia de Apurímac


Institución autónoma encargada de administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales que permita contribuir a la paz social de su zona..

 
 

Corte Superior de Justicia Apurímac

 
Dirección:       Av. Díaz Barcenas N° 100 Abancay
                       Apurímac - Perú      
 
Teléfonos:      (083) 595500
 
Web:               www.http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuperiorapurimacpj/
                       s_csj_apurimac_nuevo/as_inicio/inicio_corte_apurimac
 
 
 
PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE APURÍMAC
 
El presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurimac representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial de Apurimac .
 
Es elegido el primer jueves del mes de diciembre, cada dos años y en votación secreta por los Jueces Superiores Titulares de la respectiva Corte, los cuales se reúnen en sesión de Sala Plena.
 
Funciones:
 
Conforme al artículo 94 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones de la Sala Plena de la Corte Superior:
 
1.   Elevar a la Corte Suprema las propuestas de ley que elabore y, con informe, las que eleven los Jueces Especializados y de Paz Letrados, conforme a ley.
2.     Designar al Vocal Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, cuando sea procedente.
 
3.     Dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las deficiencias en el funcionamiento del Consejo Ejecutivo Distrital.
 
4.     Nombrar y remover al Síndico Departamental de Quiebras.
 
5.    Conocer en última instancia las medidas disciplinarias que se aplican por los Jueces Especializados o Mixtos y en su caso por los Jueces de Paz Letrados a los funcionarios y Auxiliares de justicia, conforme a esta Ley y el Reglamento.
 
6.     Las demás que señale la ley y los reglamentos.
 
Atribuciones
 
De conformidad con el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones y obligaciones del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurimac.
Representar al poder judicial, en su respectivo distrito judicial
Convocar, presidir y dirigir las salas plenas y las sesiones del consejo ejecutivo distrital. En ambos casos tiene voto dirimente.
Dirigir la aplicación de la política del poder judicial en su distrito, en coordinación con el consejo ejecutivo del poder judicial.
Cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados del distrito judicial.
Supervisar la asistencia y puntualidad de los magistrados cautelando que se registre en su legajo personal.
Ejecutar los acuerdos de la sala plena y del consejo ejecutivo distrital
Conformar las salas de acuerdo al criterio de especialización
Coordinar y supervisar el cumplimiento de las labores del consejo ejecutivo distrital y ejercer las demás atribuciones que se le confieren las leyes y los reglamentos.
Además, como Presidente del Distrito Judicial de Apurimac, designa a los integrantes de las Salas Especializadas, respetando la especialidad del magistrado.
 
SALA PLENA
 
La Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Amazonas según el artículo 72º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es un órgano de dirección del Poder Judicial en el respectivo Distrito Judicial. Forman la Sala Plena de la Corte Superior, todos los Jueces Superiores titulares que ocupen cargo vacante. Los Jueces Superiores de la Oficina de Control de la Magistratura y del Consejo Ejecutivo no intervienen en los casos en que hayan conocido en el ejercicio de sus funciones.
 
Funciones:
 
Conforme al artículo 94 del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones de la Sala Plena de la Corte Superior:
 
1. Elevar a la Corte Suprema las propuestas de ley que elabore y, con informe, las que eleven los Jueces Especializados y de Paz Letrados, conforme a ley.
 
2. Designar al Vocal Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, cuando sea procedente.
 
3. Dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las deficiencias en el funcionamiento del Consejo Ejecutivo Distrital;
4. Nombrar y remover al Síndico Departamental de Quiebras.
 
5. Conocer en última instancia las medidas disciplinarias que se aplican por los Jueces Especializados o Mixtos y en su caso por los Jueces de Paz Letrados a los funcionarios y Auxiliares de justicia, conforme a esta Ley y el Reglamento.
 
6. Las demás que señale la ley y los reglamentos.
 
 
OFICINA DECONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE APURÍMAC - ODECMA
 
Es la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, cuya función es velar por un correcto desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Distrito Judicial de Apurimac, investigando y proponiendo las sanciones disciplinarias cuando incumplan sus deberes y obligaciones.
 
Realiza visitas judiciales destinadas a verificar la conducta funcional de los magistrados y/o auxiliares jurisdiccionales. Se creó con la finalidad de evitar que abogados y justiciables se trasladen hasta Lima a formular sus quejas y/o denuncias.
 
Funciones:
 
  1. Abrir investigaciones por mandato de la Jefatura de la OCMA o cuando, por cualquier medio que no sean quejas, tome conocimiento de actos, hechos y circunstancias que por su naturaleza constituyen indicios de irregular conducta funcional de magistrados y auxiliares  jurisdiccionales.
  2. Calificar las  quejas o reclamos.
  3. Programar  las  visitas  judiciales  ordinarias  y extraordinarias,  así  como  inspecciones en  las diferentes dependencias jurisdiccionales en  la oportunidad que considere  conveniente, dando cuenta a la Jefatura de la OCMA.
  4. Disponer y practicar operativos  de control.
  5. Proponer debidamente fundamentada, la suspensión preventiva de magistrados o personal auxiliar ante el Jefe de  la OCMA. De ser el caso,  podrá desaprobar la  propuesta  efectuada  por  los  órganos  de  línea contralores.
  6. Imponer  en  primera  instancia,  la  sanción  de amonestación y  multa,  así  como  proponer  ante  la Jefatura  de  la  OCMA;  la  sanción de suspensión, separación o  destitución,  que  corresponda,  de  los magistrados  de  todas  las  instancias  de la sede judicial de Lima; asimismo de  los Jueces de Paz y  auxiliares jurisdiccionales.
 
 
RESEÑA HISTORIA
 
El 8 de abril de 1936. Se crea la Corte Superior de Justicia de Apurimac.
 
En fecha 07 de setiembre de 1936, se instala recién esta Corte Superior, con jurisdicción en las Provincias de Abancay, Antabamba, Andahuaylas, Aymaraes, Chincheros y Grau, siendo su primer Presidente el Doctor Roberto Barrionuevo y el actual es el Doctor Elí G. Alarcón Altamirano.
 
La Provincia de Contabambas a la fecha ya integra el distrito judicial de Apurímac.
 
Es así que el distrito judicial de Apurímac, este 07 de setiembre conmemora el LXXV aniversario de instalación al servicio de la población Apurimeña.
 
 
 
 
 
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