Oficina Nacional de Procesos Electorales
en Lima

Oficina Nacional de Procesos Electorales

Institución autónoma encargada de facilitar el pleno ejercicio de valores y prácticas democráticas en el país, a través de la organización y ejecución de elecciones y procesos de consulta, la asistencia técnica y educación electoral, la verificación y control externos de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas y la generación de conocimiento especializado.

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Institución autónoma encargada de facilitar el pleno ejercicio de valores y prácticas democráticas en el país, a través de la organización y ejecución de elecciones y procesos de consulta, la asistencia técnica y educación electoral, la verificación y control externos de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas y la generación de conocimiento especializado..

Oficina Nacional de Procesos Electorales

 
 
Ruc:                             20291973851
 
Abreviatura:                ONPE
 
Dirección:                   Jr. Washington N° 1894, Cercado de Lima
                                     Lima-Perú
 
Teléfonos:                  (511) 417-0630
                            
Fax:                              (511) 417-0630
                            
Página Web:              www.onpe.gob.pe
 
Facebook:                  www.facebook.com/ONPEoficial
 
 
FUNCIONES DE LA ONPE
 
  • Organizar todos los procesos electorales, de referéndum y otros tipo de consultas populares.
  • Diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo.
  • Planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente.
  • Establecer el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.
  • Preparar y distribuir a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales el material necesario para el desarrollo de los procesos electorales.
  • Coordinar con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la recepción y actualización del padrón electoral, de acuerdo a ley.
  • Recibir del Jurado Nacional de Elecciones los padrones electorales debidamente autorizados.
  • Emitir la constancia de verificación de firmas de la lista de adherentes para la inscripción de los partidos políticos.
  • Recibir la solicitud y verificar los requisitos formales para la revocatoria de alcaldes y autoridades municipales y regionales, de acuerdo a la ley de participación ciudadana, y remitir las solicitudes al Jurado Nacional de Elecciones.
  • Diseñar y ejecutar un programa de capacitación, dirigido a los miembros de mesa y ciudadanía en general, durante el desarrollo de los procesos electorales.
  • Diseñar y ejecutar acciones de educación electoral.
  • Establecer los mecanismos que permitan a los personeros de las organizaciones políticas y de los organismos de observación, hacer el seguimiento de todas las actividades durante los procesos a su cargo.
  • Dictar las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los comicios.
  • Coordinar con las Fuerzas Armadas y Policiales para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los comicios.
  • Garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio del sufragio.
  • Divulgar por todos los medios de publicidad que considere necesarios, los fines, procedimientos y formas del acto de la elección y de los procesos a su cargo.
  • Brindar, desde el inicio del escrutinio, permanente información sobre el cómputo en las mesas de sufragio y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.
  • Obtener los resultados de los procesos electorales a su cargo y remitirlos a los Jurados Electorales Especiales.
  • Dictar las resoluciones y la reglamentación necesaria para su funcionamiento y las materias de su competencia.
  • Revisar, aprobar y controlar los gastos que efectúen las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a su cargo, de acuerdo con los respectivos presupuestos.
  • Producir información especializada y sistemática; así como investigaciones aplicadas y organizar programas de especialización académica en materia electoral.
  • Evaluar las propuestas de ayuda técnica de los organismos extranjeros y concertar y dirigir la ejecución de los proyectos acordados en los temas de su competencia.
  • Brindar apoyo y asistencia técnica a los partidos políticos, en sus procesos de democracia interna, en el marco de lo dispuesto por la Ley de Partidos Políticos.
  • Verificar y controlar externamente la actividad económico-financiera de los partidos políticos.
  • Administrar el financiamiento público indirecto de los partidos políticos, en período electoral, y los espacios en radio y televisión para la difusión de sus propuestas y planteamientos durante período no electoral.
  • Sancionar a los partidos políticos que infrinjan las disposiciones sobre financiamiento establecidas en la Ley de Partidos Políticos.
  • Brindar asistencia técnica en procesos electorales a instituciones públicas y privadas que lo soliciten y a organizaciones de la sociedad civil, conforme a las normas legales vigentes, previa evaluación y disponibilidad de recursos.
  • Ejercer las demás atribuciones relacionadas con su competencia.
 
 
ÁREAS DEPENDIENTES
 
  • Gerencia de Sistemas e Informática Electoral (GSIE - ONPE)
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