EN LA PERLA
Autoridad Portuaria Nacional
Institución que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de planificar, conducir, normar, supervisar y promover el desarrollo del Sistema Portuario Nacional, para lograr su competitividad.

En este año 2025, en el distrito de La Perla podemos encontrar a «Autoridad Portuaria Nacional». Sus datos completos de ubicación y de contacto son públicos.

Autoridad Portuaria Nacional
Ruc: 20509645150
Abreviatura: APN
Sector: Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Dirección: Av. Santa Rosa N° 135, La Perla
Callao-Perú
Teléfonos: (511) 630-9600
Fax: (511) 630-9600 Anexo 2201
Página Web: www.apn.gob.pe
FUNCIONES DE LA APN
- Elaborar y proponer al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, compatible con objetivos y estrategias de desarrollo autosostenible.
- Elaborar y proponer los planes de inversión pública y las convocatorias a la inversión privada en materia de desarrollo portuario.
- Aprobar y supervisar los expedientes técnicos de las obras de infraestructura portuaria y las especificaciones técnicas de las maquinarias y equipos, que deben incluir medidas efectivas para la protección del medio ambiente marítimo adyacente a las instalaciones portuarias y a la comunidad donde se desarrollen.
- Celebrar con el sector privado los compromisos contractuales que faculta la Ley, como resultado de un concurso público, con arreglo a ley.
- Promover el establecimiento de actividades comerciales y logísticas en los recintos portuarios.
- Coordinar la integración de los terminales, infraestructuras e instalaciones portuarias de iniciativa privada dentro del Sistema Portuario Nacional en armonía con el medio ambiente y fomentar su desarrollo.
- Fomentar la actividad portuaria y su modernización permanente.
- Velar por la prestación universal de los servicios portuarios a través de los puertos de titularidad pública y en el ámbito de su competencia.
- Establecer las normas técnico-operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y los servicios portuarios acorde con los principios de transparencia , libre competencia y preservación y conservación del medio ambiente.
- Normar en lo técnico, operativo administrativo y ambiental el acceso a la infraestructura portuaria, así como el ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia; los permisos para la navegación comercial de buques; y en lo pertinente, la apertura y cierre de los puertos, remolcaje, recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves, así como cualquier otra actividad existente o por crearse.
- Promover y facilitar las concesiones al sector privado en áreas de desarrollo portuario.
- Velar por el respeto de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los usuarios intermedios y finales en los puertos del ámbito de su competencia.
- Fomentar el empleo portuario, su calidad y el logro de una mayor estabilidad como consecuencia de la capacitación hacia la mayor especialización, polifuncionalidad y sensibilización ambiental de los trabajadores portuarios.
- Coordinar con las demás autoridades nacionales las acciones pertinentes para garantizar la seguridad general y la lucha contra el contrabando y los tráficos ilegales.
- Establecer las normas para mejorar la calidad total del Sistema Portuario Nacional la seguridad industrial y la gestión ambiental en los puertos, mediante el fomento de la inversión y capacitación general en técnicas de operaciones portuarias y de higiene y seguridad en el trabajo; y la vigilancia del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia.
- Establecer sistemas alternativos de solución de controversias entre operadores y usuarios por materias de libre disposición de las partes.
- Establecer normas para regular la protección del medio ambiente en la actividad portuaria y exigir el cumplimiento de la normativa general de los compromisos contractuales específicos en esta materia, contraídos por el sector privado.
- Representar al Estado ante Organismos y Foros internacionales en los aspectos portuarios.
- Normar las actividades portuarias a que se sujetan las Autoridades Portuarias Regionales, que correspondan al mejor funcionamiento del Sistema Portuario Nacional.
- Registrar y mantener actualizada la información estadística correspondiente a la actividad portuaria nacional.
- Normar las autorizaciones portuarias, habilitaciones portuarias y licencias de obras portuarias, y coordinar su ejecución con las Autoridades Portuarias Regionales (APRs) y las Autoridades Sectoriales con competencia en el medio ambiente.
- Establecer los procedimientos de coordinación con otras Autoridades e instituciones del Estado para que, manteniendo la responsabilidad única en el trato de las naves y mercancías en las zonas portuarias, cada una de ellas pueda cumplir adecuadamente sus funciones y responsabilidades, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento.
- Promover y desarrollar una cultura de mar compatible con el desarrollo sostenible.
- Promover la inversión pública y privada en el Sistema Portuario Nacional.
- Velar por el cumplimiento de las normas y obligaciones sobre contaminación ambiental en la explotación de la infraestructura portuaria, con excepción de aquellos aspectos que por ley corresponden al ámbito de responsabilidad de otras autoridades.
- Regular la coordinación entre los distintos Administradores Portuarios y otros agentes vinculados al Sistema Portuario Nacional, lo cual incluye la supervisión de la Junta de Operaciones de los puertos.
- Celebrar convenios de cooperación y/o de gestión y/o asistencia técnica con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
ÁREAS DEPENDIENTES
- Oficina de Tecnologías de la Información (OTI – APN)
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