Tramites migratorios

Cambio de Calidad Migratoria

Es el trámite migratorio y documentario que realizan los ciudadanos extranjeros para cambiar su situación de calidad migratoria en el país.


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trabajo

 

He aquí los trámites corrspondientes:
 
Cambio a Trabajador
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que soliciten residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
  • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN del Contrato de Trabajo aprobado por la Autoridad Administrativa de Trabajo, por un periodo de hasta un (01) año (temporales) o mínimo de un (01) año (residentes) con la excepción de los casos comprendidos en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 689 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2001-TR y sus modificatorias.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización del permanencia ó residencia vigente.
  • La persona natural o jurídica peruana contratante debe estar debidamente inscrita ante SUNAT.
  • La ficha RUC de la empresa peruana contratante debe estar activo y habido.
  • Estar inscrito en la SUNAT los trabajadores de la empresa peruana contratante.
  • Adjuntar copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de la copia certificada de la vigencia del Poder actualizada del Representante Legal de la empresa peruana contratante expedida por la Oficina Registral.
  • En caso que el Contrato de Trabajo sea firmado en el país, el solicitante debe encontrarse con la calidad migratoria habilitante o tener el Permiso Especial para Firmar Contratos.
  • En caso que el Contrato de Trabajo sea firmado por el solicitante fuera del país, su firma debe ser legalizada ante la Oficina Consular del Perú y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia simple del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Trabajador Designado
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM).
  • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN del Contrato de Prestación de Servicios o Asistencia Técnica u otro tipo de contrato entre la empresa extranjera que proveerá el servicio y la empresa peruana receptora del mismo.
  • Carta de la empresa peruana receptora del servicio indicando la tarea o función concreta que va a realizar el extranjero designado y que ésta no puede ser efectuada por personal nacional.
  • Documento de designación del trabajador emitido por la empresa extranjera con firma legalizada por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada, indicando la tarea o función concreta que realizará el extranjero, el tiempo que permanecerá en el país y la limitación de que no podrá realizar actividad remunerada o lucrativa de manera directa y/o en relación de dependencia de una empresa peruana.
  • Carta de la Persona Natural o jurídica peruana que recibe el servicio, donde el Representante Legal indique que la tarea o función concreta que va realizar el extranjero no puede ser efectuada por personal nacional.
  • Si el Contrato de Prestación de Servicios ó el Documento de Designación estuviera en idioma extranjero, deberá ser traducido al castellano.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El solicitante debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de la copia certificada de la vigencia del Poder actualizada del Representante Legal de la empresa peruana receptora del servicio expedida por la Oficina Registral.
  • El Contrato de Prestación de Servicios suscrito entre la empresa receptora del servicio y la empresa extranjera, debe ser firmada por el Representante Legal de la empresa peruana.
  • Si el Contrato de Prestación de Servicios se firmara en el extranjero, la firma de quien firme en representación de la empresa extranjera debe estar legalizada por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada y en caso se firme en el país, quien firme es extranjero deberá contar la calidad migratoria habilitante o la respectiva autorización para firmar contratos.
  • La persona natural o jurídica peruana contratante debe estar debidamente inscrita ante SUNAT.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Independiente Inversionista
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que solicitan residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del Testimonio de la Constitución de la Empresa inscrita en los Registros Públicos donde el interesado figure con una representación mínima en el capital social de US $ 25,000.00 en efectivo o su equivalente en nuevos soles.
  • En caso de transferencia de acciones o participaciones presentará: copia legalizada notarialmente o copia autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del Acta de la Junta General de Accionistas y del Libro de Transferencia de Acciones o la Escritura Pública de transferencia de participaciones.
  • Proyecto de Factibilidad del negocio (si se trata de una empresa recién constituida) o el Plan de Negocios para dos años (si se trata de una empresa en actividad), que incluyan la creación de cinco (05) puestos de trabajo en un plazo no mayor de dos años.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El solicitante debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • La ficha RUC de la empresa peruana debe estar activo y habido.
  • Original ó copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de la Ficha Registral de la empresa actualizada.
  • Constancia de Habilidad del profesional que firma el Proyecto de Factibilidad o el Plan de Negocios.
  • Acreditar que el dinero invertido proviene del extranjero, debiendo para tal efecto presentar documentos que guardan relación con la “Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso” efectuada ante la SUNAT por el extranjero al momento de ingresar al país en caso de portar dinero en efectivo y/o en instrumentos financieros (cheques de viajeros, acciones, bonos, certificados de depósito u otros) por mas de US$ 10,000.00 (diez mil y 00/100 dólares americanos) o documentos relacionados con transacciones interbancarias ú otras modalidades de transferencia de dinero girados desde el exterior a favor del extranjero y/o de la empresa peruana donde el extranjero es socio.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Rentista
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Declaración Jurada indicando en forma expresa su deseo o voluntad de acogerse a la calidad migratoria Rentista.
  • Declaración Jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales ni policiales, a nivel nacional e internacional.
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN del o los documentos originales o Constancia o Certificado que acredite que el extranjero residirá en el Perú usufructuando pensión de jubilación de su gobierno o renta permanente de fuente nacional o extranjera. No pueden realizar actividades remuneradas o lucrativas.
  • *Si la documentación presentada es expedido en el extranjero deberá ser legalizado en el Consulado Peruano y Ministerio de Relaciones Exteriores, y en caso de encontrarse en idioma extranjero debe estar debidamente traducido al castellano.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El solicitante debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Si la pensión de jubilación de su gobierno o renta permanente proviene de fuente extranjera debe ser no menor de US$1,000.00 dólares mensuales y deberá acreditarse que dicha pensión o jubilación ingresa al Perú a través de una institución bancaria.
  • Los documentos que acrediten que el extranjero residirá en el Perú usufructuando pensión de jubilación de su gobierno o renta permanente en caso de ser de fuente extranjera, deberá estar legalizado por el consulado peruano o representación diplomática del país acreditada en el Perú, de donde proviene la pensión o renta y por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó Apostillada, y a efectos de su presentación a la DIGEMIN podrá ser en copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de los mismos.
  • La renta ó pensión comprende a los ingresos de carácter permanente por concepto de jubilación, montepío ó invalidez, dividendos, regalías y similares (Numeral c) del Art.2º del Reglamento de la Ley de Rentista).
  • Los solicitantes se encuentran exonerados de la Tasa Anual de Extranjería, de la tasa por cambio de calidad migratoria y los correspondientes a la Inscripción en el Registro Central de Extranjería y otorgamiento del Carne de Extranjería (Art.9º del Reglamento de la Ley de Rentista).
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Independiente: Profesional
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) o a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que soliciten residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
  • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de la autorización del Colegio Profesional correspondiente para ejercer la profesión en el Perú o título reconocido por la Asamblea Nacional de Rectores en caso de no existir el Colegio correspondiente.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El solicitante debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • En caso que el formulario sea firmado por apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Religioso Católico
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Carta del Representante Legal de la Congregación Religiosa visada por la Dirección de Asuntos de la Iglesia Católica del Ministerio de Justicia (cuando domicilie en Lima) o por el Obispo de la jurisdicción respectiva (cuando domicilie en provincia) sustentando la solicitud, acreditando al extranjero beneficiario e indicando el tiempo de permanencia o residencia. Los solicitantes podrán realizar actividades relacionadas con la docencia y salud.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Copia del documento de identidad del Representante Legal de la congregación religiosa.
  • En caso que el extranjero realice actividades referidas a la docencia y a la salud, está obligado a solicitar autorización a la Dirección General de Migraciones y Naturalización.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Religioso no Católico
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que solicitan residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Carta del Representante Legal de la Congregación Religiosa visada por la Dirección de Asuntos Interconfesionales del Ministerio de Justicia, sustentado la solicitud, acreditando al solicitante e indicando el tiempo de permanencia temporal. Los solicitantes podrán realizar actividades relacionadas con la docencia y salud.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Copia del documento de identidad del Representante Legal de la congregación religiosa.
  • Adjuntar copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de la copia certificada de la vigencia del Poder actualizada del Representante Legal de la congregación religiosa expedida por la Oficina Registral.
  • En caso que el extranjero realice actividades referidas a la docencia y a la salud, está obligado a solicitar autorización a la Dirección General de Migraciones y Naturalización.
  • En caso que el formulario es firmado por apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Estudiante
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que soliciten residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Constancia de matrícula expedida por el titular del centro educativo con reconocimiento oficial vigente, refrendado por la autoridad competente o constancia de la entidad donde realizará prácticas pre-profesionales o especialización por un periodo de hasta un (01) año (temporal) o mínimo de un (01) año(residente), según corresponda.
  • Solvencia económica que acredite o garantice el pago de los gastos de estadía y educación.
  • Documento que acredite el consentimiento de los padres o tutores, cuando se trate del caso de menor de edad, debidamente legalizado por el Consulado del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero, y en caso que éste sea menor de edad los padres ó el tutor).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • A fin de acreditar o garantizar el pago de los costos de estadía y educación (solvencia económica) del estudiante, el solicitante deberá presentar Carta de Garantía y/o Declaración Jurada del solicitante y documentos que corroboren lo garantizado y/o declaración efectuada, como copia de boletas de pago, estados de cuenta corriente, Vouchers, transferencias interbancarias, Declaración de Pago de Impuestos a la SUNAT ó cualquier otro medio de prueba que tenga relación.
  • Si el formulario es firmado por un apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Inmigrante
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a inmigrante (US$300.00) (cancelable a la aprobación del expediente).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (salvo excepciones).
  • Acreditar Solvencia Económica mínima de 10 UIT de renta neta anual.
  • Mínimo dos (02) años de residencia en el país y que durante los dos últimos años no haya estado fuera del país tres (03) meses continuos o seis (06) meses alternados en un (01) año.
  • Tener Carné de Extranjería vigente.
  • Encontrarse al día en los pagos de la Tasa Anual de Extranjería (TAE).
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de residencia vigente.
  • Están exceptuados de la presentación de la Ficha de Canje Internacional – INTERPOL los extranjeros residentes bajo la calidad migratoria de religioso católico.
  • Si el beneficiario de la calidad migratoria reside en el país bajo la calidad migratoria de religioso católico y no católico para acreditar la Solvencia Económica de 10 UIT de renta neta anual, podrán presentar documentos sobre los ingresos percibidos por actividades referidas sólo a la docencia y salud realizada en el país, y/o ingresos que perciben de fuente extranjera de cualquier naturaleza.
  • Los beneficiarios de la calidad migratoria que ostenten la calidad migratoria de trabajador, independiente profesional, independiente inversionista sólo acreditarán la Solvencia Económica de 10 UIT de renta neta anual, con rentas netas ó utilidades que perciban en función a las actividades que realizan bajo los alcances de la calidad migratoria que ostentan, debiendo para tal efecto presentar copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de boletas de pago y/o, de documentos que confirmen la retención de impuestos por 5ta. Categoría, de la Declaración de Impuestos por 4ta. Categoría y/o de los Recibos por Honorarios Profesionales o de la Declaración Anual de Impuestos (3ra. Categoría) según corresponda.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Cambio a Inmigrante por Familiar Residente
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a inmigrante (US$300.00) (cancelable a la aprobación del expediente).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (salvo excepciones).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe ser residente bajo la calidad migratoria de Familiar Residente según el caso.
  • Si el beneficiario del cambio de calidad migratoria se encuentre casado con peruana(o) ó inmigrante deberá presentar Partida o Acta de Matrimonio o documento análogo actualizado, acreditando dos (02) años de matrimonio; y en caso de que el documento haya sido expedido en el extranjero deberá ser legalizado por el consulado peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero, y en caso que éste sea menor de edad los padres ó el tutor).
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe tener como mínimo dos (02) años de residencia en el país y que durante los dos últimos años no haya estado fuera del país tres (03) meses continuos o seis (06) meses alternados en un (01) año; así como tener Carné de Extranjería vigente y al día en los pagos de la Tasa Anual de Extranjería (TAE).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del menor extranjero, de ser el caso.
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de residencia vigente.
  • Están exceptuados de la presentación de la Ficha de Canje Internacional – INTERPOL los menores de edad y los extranjeros residentes bajo la calidad migratoria de religioso católico.
  • Están exceptuados del pago de la tasa por cambio de calidad migratoria a inmigrante los extranjeros menores de edad y los ciudadanos casados con ciudadanos peruanos.
  • En caso de presentarse Partida o Acta de Matrimonio está inscrita en los Registros Civiles del RENIEC, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de tres (03) meses, si la Partida o Acta de Matrimonio está inscrita en los Registros Civiles del RENIEC de un Consulado Peruano, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de seis (06) meses, y si la Partida ó Acta de Matrimonio ó documento análogo se encuentra inscrita en los registros civiles de un país extranjero, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de un (01) año.
  • Si el beneficiario de la calidad migratoria reside en el país bajo la calidad migratoria de religioso (católico ó no católico) para acreditar la solvencia económica 10 UIT de renta neta anual, podrá presentar documentos sobre el ingreso que percibe por actividades referidas a la docencia y a la salud realizada en el país, y/o con ingresos que provienen de fuente extranjera.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
Familiar de Residente
 
Para ascendientes, descendientes (menores de 18 años, hijas solteras e hijos mayores con discapacidad) ó cónyuge.
 
a) Para el caso de los ascendientes
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda.
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que soliciten residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
  • Partida o Acta de Nacimiento o documento análogo del peruano o extranjero residente que realiza el llamado de familia. Si el documento proviene del extranjero debe estar legalizado por el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada y debidamente traducido al castellano.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • El solicitante debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Declaración Jurada del ciudadano peruano o del extranjero residente, donde manifieste que la relación familiar con el solicitante forma parte de la unidad migratoria al que se refiere el artículo 4º de la Ley de Extranjería.
  • Copia del Documento de Identidad ó Carne de Extranjería del ciudadano peruano o del extranjero que ostente visa de residente en el país.
  • En caso que el formulario sea firmado por apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
b) Para el caso de los hijos (as) menores de 18 años
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Partida o Acta de Nacimiento o documento análogo de su país de origen legalizado por el consulado peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó apostillada, y debidamente traducido al castellano. 
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (El padre o madre, mayor de edad, peruano o extranjero titular de una visa de residente en el país).
  • Declaración Jurada del ciudadano peruano o del extranjero residente, donde manifieste que la relación familiar con el solicitante forma parte de la unidad migratoria al que se refiere el artículo 4º de la Ley de Extranjería.
  • Copia del Documento de Identidad ó Carne de Extranjería del ciudadano peruano o del extranjero que ostente visa de residente en el país.
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del menor extranjero.
  • Por ser el beneficiario del cambio de calidad migratoria menor de edad se encuentra exceptuado del pago de las tasas correspondientes.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
c) Para el caso de los hijos mayores de 18 años con discapacidad
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda (cancelable a la aprobación del expediente).
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Partida o Acta de Nacimiento o documento análogo de su país de origen legalizado por el consulado peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó apostillada, y debidamente traducido al castellano. 
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (El padre o madre, mayor de edad, peruano o extranjero titular de una visa de residente en el país o tutor).
  • Declaración Jurada del ciudadano peruano o del extranjero residente, donde manifieste que la relación familiar con el beneficiario de la visa forma parte de la unidad migratoria al que se refiere el artículo 4º de la Ley de Extranjería.
  • Copia del Documento de Identidad ó Carne de Extranjería del ciudadano peruano o del extranjero que ostente visa de residente en el país.
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del extranjero con discapacidad.
  • Documento idóneo que demuestre la condición de discapacidad del extranjero, situación que lo imposibilita valerse por sí mismo.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
d) Para el caso de hijas solteras mayores de 18 años
 
Requisitos:
 
Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda (cancelable a la aprobación del expediente).
Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente de la solicitante.
Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que la solicitante ostente visa temporal).
Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (solamente para los que soliciten residencia, el trámite se realiza después de la presentación del expediente).
Partida o Acta de Nacimiento o documento análogo de su país de origen legalizado por el consulado peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada y debidamente traducida al castellano.
Certificado de soltería o documento análogo de su país de origen legalizado por el consulado peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de ser residente en el país presentará Certificado Negativo de Matrimonio expedido por RENIEC o la Municipalidad de la localidad donde reside.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por la solicitante (extranjera).
  • Declaración Jurada del ciudadano peruano o del extranjero residente, donde manifieste que la relación familiar con la solicitante forma parte de la unidad migratoria al que se refiere el artículo 4º de la Ley de Extranjería.
  • Copia del Documento de Identidad ó Carne de Extranjería del ciudadano peruano o del extranjero que ostente visa de residente en el país.
  • La solicitante debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente de la solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso. 
 
 
e) Para el caso de casado (a) con peruano (a)
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL.
  • Partida o Acta de Matrimonio original debidamente inscrita en los respectivos Registros Civiles del RENIEC, si el matrimonio se realizó en el extranjero dicha Partida o Acta de Matrimonio debe estar inscrita en el registro civil del Consulado Peruano y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada, y debidamente traducida al castellano.
  • El beneficiario del cambio de calidad migratoria debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • El solicitante se encuentra exceptuado de la solvencia económica y del pago de las tasas correspondientes.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • Declaración Jurada del (la) ciudadano (a) peruano (a) donde manifieste que la relación familiar con el (la) solicitante forma parte de la unidad migratoria al que se refiere el artículo 4º de la Ley de Extranjería.
  • Copia del Documento de Identidad del ciudadano peruano que ostente visa de residente en el país.
  • Si la Partida o Acta de Matrimonio está inscrita en los Registros Civiles del RENIEC, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de tres (03) meses.
  • Si la Partida o Acta de Matrimonio está inscrita en los Registros Civiles del RENIEC de un Consulado Peruano, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de seis (06) meses.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
f) Para el caso de casado (a) con extranjera (o) residente en el país
 
Requisitos:
 
  • Formulario F-004 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-004.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.58.10 nuevos soles).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a visa temporal (US$50.00) ó a Residente (US$200.00) según corresponda (cancelable a la aprobación del expediente).
  • Copia fotostática simple del Pasaporte y/o C.E. y/o Carné de Protocolo vigente del solicitante.
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM) (sólo en el caso que el solicitante ostente visa temporal).
  • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL.
  • Partida o Acta de Matrimonio o documento análogo inscrito en el extranjero, legalizada por el consulado peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada, y debidamente traducido al castellano, o Partida o Acta de Matrimonio original inscrito en los registros civiles del RENIEC si el matrimonio fue realizado en el Perú, salvo que esté inscrita en los Registros Civiles de la Oficina Consular del Perú, de ser así, debe estar legalizada por el consulado peruano y Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.
 
Además:
 
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • Declaración Jurada del ciudadano extranjero residente, donde manifieste que la relación familiar con el solicitante forma parte de la unidad migratoria al que se refiere el artículo 4º de la Ley de Extranjería.
  • Copia del Carne de Extranjería del extranjero que ostente visa de residente en el país.
  • El solicitante a debe contar con autorización de permanencia ó residencia vigente.
  • Si la Partida o Acta de Matrimonio está inscrita en los Registros Civiles del RENIEC, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de tres (03) meses.
  • Si la Partida o Acta de Matrimonio está inscrita en los Registros Civiles del RENIEC de un Consulado Peruano, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de seis (06) meses.
  • Si la Partida ó Acta de Matrimonio ó documento análogo se encuentra inscrita en los registros civiles de un país extranjero, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor de un (01) año.
  • Si el formulario es firmado por el apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante.
  • Copia del documento de identidad del apoderado de ser el caso.
 
 
 
NOTA:
 
La autoridad migratoria según las disposiciones contenidas en los numerales 1.3) y 1.11) del Artículo IV del Título Preliminar, numeral 159.1 del artículo 159º, artículos 162º, 166º y el numeral 169.1 del artículo 169º de la Ley General de Procedimiento Administrativo – Ley Nº 27444 en la tramitación de los expedientes se encuentra facultado de requerir a los administrados documentación adicional a los REQUISITOS establecidos en condición de medios de prueba corroborantes, los cuales permitirán el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias que permitan alcanzar la verdad material, así como la verificación plena de los hechos que sirvan de motivo a las decisiones que se adopten. 
 
 
Pago por derecho de trámite: S/. 58.10 nuevos soles.
 
Tiempo que toma el trámite: 30 días.
 
Dependencia donde se inicia el trámite: Área de Tramite Documentario de la DIGEMIN o Jefaturas de Migraciones.
 
Autoridad que aprueba el trámite: Director de Inmigración.
 
Autoridad encargada en caso de reconsideración:Director de Inmigración.
 
Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización.
 
 
 
 



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