En Tramites migratorios

Exoneración del Pago de la Tasa Anual de Extranjería

Es el trámite que realizan los ciudadanos extranjeros para exonerarse del pago de la Tasa Anual de Extranjería.

Exoneración del Pago de la Tasa Anual de Extranjería
Requisitos Generales
  • Formulario F-007 (gratuito).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 26.95 nuevos soles).
  • Acreditar estar dentro de los alcances de la clasificación efectuada en el artículo 3° de lDS Nº 206-83-EFC.
    • Partida o acta de matrimonio inscrita en los Registros Civiles (casada-o con peruano-a).
    • Carta de congregación católica o asociación religiosa, legalizado por la entidad administrativa correspondiente.
    • Documento que acredite percibo de pensión o sueldo inferior al sueldo mínimo vital (sólo para inmigrantes).
Nota:
  • Presentar La Carta Poder con firma legalizada por Notario Público.
Pago por derecho de trámite: S/. 26.95 nuevos soles.
Calificación: Requiere evaluación.
Tiempo que toma el trámite: Ocho (8) días.
Dependencia donde se inicia el trámite: Área de Tramite Documentario de la DIGEMIN o Jefaturas de Migraciones.
Autoridad que aprueba el trámite: Director de Inmigraciones o Sub-directores o Jefes de Migraciones.
Autoridad encargada en caso de reconsideración: Director de Inmigraciones o Sub-direcciones o Jefes de Migraciones.
Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización.

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