Los Centros Poblados - CCPP
El término: "Centro Poblado" (CCPP) es usado en las entidades y registro del Estado, se hallará con éste cuando se refiera a la agrupación de la población dentro de un territorio delimitado.
En el marco de la Ley Nº 27795 "Ley de Demarcación y Organización Territorial", Centro Poblado (CCPP) es todo territorio nacional urbano y rural identificado mediante un nombre y habitados por una población igual o mayor a 151 habitantes en viviendas particulares.
Incluye a las capitales distritales (aún cuando no cumplan con esta condición) y Población Dispersa, son aquellos centros poblados con menos de 151 habitantes.
| Rango de Población | Categoría |
|---|---|
| 0 a 150 | Población dispersa |
| 151 a 1,000 | Caserio |
| 1001 a 2,500 | Pueblo |
| 2501 a 5,000 | Villa |
| 5001 a 500,000 | Ciudad |
| mayor a 500,000 | Metrópoli |
Un centro poblado puede o no tener los servicios básicos dependiendo del tamaño de su población.



