Tramites migratorios

Rectificación de Movimiento Migratorio (Ingreso o Salida del País)

Es un tramite documentario migratorio que se encarga de rectificar datos o información respecto a los ingresos y las salidas de los ciudadanos o residentes en el país


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Rectificación

 

Requisitos Generales
 
 
  • Formulario F-002 (gratuito): http://www.digemin.gob.pe/formularios/f-002.pdf
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite. (S/. 23.80 nuevos soles).
  • Copia fotostática simple del documento de identidad del solicitante.
  • Exhibición y copia fotostática simple del pasaporte.
  • Carta de la compañía de transporte para verificar el movimiento migratorio o los pasajes de viajes u otro documento que pueda sustentar su pedido (TAM).
 
Nota:
 
  • DNI vigente, sin restricciones de la ONPE y RENIEC; artículo 29º Ley Orgánica del RENIEC.
 
 
Pago por derecho de trámite: S/. 23.80 nuevos soles.
 
Calificación: Requiere evaluación.
 
Tiempo que toma el trámite: Diez (10) días.
 
Dependencia donde se inicia el trámite: Dirección de Control Migratorio o Jefaturas de Migraciones o PCM o PCF.
 
Autoridad que aprueba el trámite: Director de Control Migratorio o Sub-director de Lima-Callao o Sub-director de Provincias o Jefe de Migraciones.
 
Autoridad encargada en caso de reconsideración: Director de Control Migratorio o Sub-director de Lima-Callao o Sub-director de Provincias o Jefe de Migraciones.
 
Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización.
 
 
 



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