En Tramites migratorios
Control Migratorio de Ingreso de Extranjeros
Es un trámite documentario que permite controlar el movimiento migratorio de ingreso al país por parte de los ciudadanos extranjeros.

TEMPORALES - Requisitos Generales:
- Pasaporte vigente.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM) debidamente llenado.
- Visa consular (según corresponda).
Nota:
- Están exceptuados los que se acojan a los alcances de convenios o dispositivos sobre supresión de visas.
- Los turistas comprendidos en el Convenio Perú-Ecuador y otros convenios Bilaterales o DS N° 002-99- IN o Decisión N°503 de la Comunidad Andina podrán presentar indistintamente en lugar del pasaporte cualquier Documento de Identificación Nacional reconocido en dichas normas, sólo para tránsito intracomunitario.
- Los Pasaportes Oficiales se utilizan para los casos en que una autoridad o funcionario público o tercero represente a su Estado.
RESIDENTES - Requisitos Generales:
- Pasaporte vigente.
- Visa consular o Carné de Extranjería o Carné Diplomático o Tarjeta de Identidad Protocolar vigentes, según corresponda.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Nota:
- Los residentes que ingresan al amparo del Convenio Perú- Ecuador u otros convenios Bilaterales o DecisiónNº 503 de la Comunidad Andina presentarán su Carné de Extranjería si provienen de país comunitario.
- Los Pasaportes Oficiales se utilizan para los casos en que una autoridad o funcionario público o tercero represente a su Estado.
Con Salvoconducto Fronterizo:
En lugar de los consignados en requisitos generales presentar:
- Salvoconducto vigente.
- Exhibición del documento de identidad.*
- Tarjeta Andina de Migración (TAM)
Nota:
- DNI vigente, sin restricciones de la ONPE y RENIEC; artículo 29º Ley Orgánica del RENIEC.
Tripulante Terrestre:
En lugar de los consignados en requisitos generales presentar:
- Libreta de Tripulante Terrestre vigente.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Tripulante de Aeronave:
En lugar de los consignados en requisitos generales presentar:
- Carné vigente expedido por la aerolínea.
- Declaración general de vuelo de la aerolínea en la que conste el nombre del tripulante que se encuentra trabajando.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Tripulante en Nave de Bandera Nacional o Extranjera
En lugar de los consignados en requisitos generales presentar:
- Pasaporte o Libreta de Embarco vigentes.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
- Carta de la agencia representante de la nave.
Pago por derecho de trámite: gratuito.
Calificación: Automática.
Tiempo que toma el trámite: El mismo día.
Dependencia donde se inicia el trámite: Control Migratorio de Ingreso Autorizado o Control Fronterizo Autorizado.
Autoridad que aprueba el trámite: Inspector o Técnico de Migraciones.