Consejo Nacional para la Autorización de Universidades (CONAFU)
El CONAFU, era el órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) que autorizaba y supervisaba el funcionamiento de las universidades del Perú. Ahora desactivada y en su reemplazo realiza estas funciones la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

En este año 2025, en el distrito de Santiago de Surco podemos encontrar a «Consejo Nacional para la Autorización de Universidades (CONAFU)». Sus datos completos de ubicación y de contacto son públicos.
CONAFU | |
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Dirección: | Calle Aldabas 337 Urb. Las Gardenias, Surco Lima - Perú |
Teléfonos: | |
E-mail: | conafu.pres@anr.edu.pe conafu.sec@anr.edu.pe |
Web: | www.sunedu.gob.pe |
Facebook: | www.facebook.com/SuneduPeru |
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÒN DE UNIVERSIDADES (CONAFU)
El Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades es un organo autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, creado por Ley N° 26439, como ente rector del funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia, tiene su sede en la ciudad de Lima y su sigla oficial es CONAFU.
El CONAFU está integrado por cinco exrectores de reconocida trayectoria institucional, elegidos entre los candidatos propuestos por las universidades institucionalizadas. Tres de ellos son elegidos por las universidades públicas y los dos restantes por las universidades privadas.
Tiene como atribuciones evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades públicas y privadas, cualquiera que sea su régimen legal (Ley N° 26439 o el D. L. N° 882), a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos. Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo no puede ser concedida antes de transcurridos cinco años, contados a partir de la fecha de la autorización provisional de funcionamiento.
FUNCIONES DE LA CONAFU
- Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional y emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos en la Ley N° 26439 y los Reglamentos respectivos.
- Autorizar la fusión de universidades, previa evaluación del proyecto, así como la supresión de las mismas.
- Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo no puede ser concedida antes de transcurridos cinco años, contados a partir de la fecha de la autorización provisional de funcionamiento. CONCORDANCIA: Ley N° 27364, Art. 1°
- Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, así como, limitar el número de vacantes en las universidades con funcionamiento provisional. CONCORDANCIA: LEY N° 27364, Art. 1°
- Reconocer a las comisiones organizadoras a propuesta de los promotores.
- Elaborar sus propios estatutos.
- Elaborar la reglamentación que señale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorización provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluación de las universidades con autorización provisional.
- Autorizar o denegar el cambio de denominación de las universidades a solicitud de sus órganos competentes de gobierno, cualquiera que haya sido el instrumento legal o la fecha de su creación (*) (**).
(*) Inciso incorporado por el Artículo Único de la Ley N° 26967, publicada el 10.07.98
(**) Inciso modificado por el Artículo Único de la Ley N° 27274, publicado el 31.05.00, cuyo texto es el siguiente: "Autorizar el cambio de denominación de las universidades, a solicitud de sus órganos competentes de gobierno, siempre que dicha denominación no se hubiera establecido por Ley.”
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Órganos de Gobierno y de la Alta Dirección:
Pleno
Presidencia
Vicepresidencia
Órganos de Dirección y Coordinación:
Consejería de Asuntos Académicos
Consejería de Asuntos Administrativos
Consejería de Asuntos Internacionales
Órganos de Línea:
Oficina de Evaluación Permanente
Comisión de Calificación
Comisión de Verificación
Órgano de Asesoramiento:
Comisión Jurídica
Órganos de Apoyo:
Secretaría General
Oficina de Trámite Documentario
Archivo Central
Unidad de Imagen Institucional
Unidad de Administración
Unidad de Sistemas