Defensa Civil

Sistema Nacional de Defensa Civil - Organización y Funciones

El Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI es el conjunto interrelacionado de organismos el Sector Público y No Público, normas, recursos y doctrinas, orientados a la protección de la oblación en caso de desastres de cualquier índole u origen. Actúa en concordancia con la Política y Planes de la Defensa Nacional.


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FINALIDAD DEL SINADECI

Proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada hasta alcanzar las condiciones básicas de rehabilitación que permitan el desarrollo continuo de las actividades afectadas.

 

ORGANISMOS QUE CONFORMAN EL SINADECI

  • El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y sus Direcciones Regionales de Defensa Civil.
  • Los Sistemas Regionales de Defensa Civil:
    • Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Defensa Civil.
    • Las Oficinas Regionales de Defensa Civil.
    • Las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Locales.
    • Las Oficinas de Defensa Civil de las Empresas del Estado,
  • Institucionales y Sectoriales de Defensa Civil.

 

Los Comités de Defensa Civil están jerarquizados, esto quiere decir que el Comité Regional de Defensa Civil debe supervisar a los Comités Provinciales de Defensa Civil de su jurisdicción, sin que esta acción releve la responsabilidad a los mismos, actuando a su vez como coordinador entre ellos en las tareas de Defensa Civil. De la misma manera actuará el Comité Provincial de Defensa Civil con respecto a sus Comités Distritales de Defensa Civil, de tal manera que sea conocido el accionar de estos últimos por los Comités de Defensa Civil de los escalones superiores.

 

EL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI

El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil.

Está encargado de la organización de la población, coordinación, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil.

 

MISIÓN DEL INDECI

Regir y conducir el Sistema Nacional de Defensa Civil, formulando y promoviendo la implementación de políticas, normas, planes y programas para la prevención y atención de desastres, con la participación de autoridades y población; a fin de proteger la vida y el patrimonio, y contribuir al desarrollo sostenible del país.

 

FUNCIONES DEL INDECI

  1. Proponer al Consejo de Defensa Nacional los objetivos y políticas de Defensa Civil, así como las previsiones y acciones que garanticen la seguridad de la población, de acuerdo con la política de Defensa Nacional, impulsando en el proceso de planeamiento del desarrollo la aplicación de una estrategia nacional para reducir los riesgos ante desastres.
  2. Normar, coordinar, orientar y supervisar el planeamiento y la ejecución de la Defensa Civil.
  3. Diseñar y proponer estrategias de reducción de riesgos ante desastres en el proceso de planeamiento del desarrollo.
  4. Brindar atención de emergencia, proporcionando apoyo inmediato a la población afectada por desastres. Para tales efectos, el INDECI podrá adquirir bienes y contratar servicios y obras hasta por el monto fijado en la Ley Anual de Presupuesto para las adjudicaciones directas de obras, bienes y servicios. Se considera atención de emergencia la acción de asistir a un grupo de personas que se encuentran en una situación de peligro inminente, o que hayan sobrevivido a los efectos devastadores de un fenómeno natural o inducido por el hombre. Básicamente, consiste en la asistencia de techo, abrigo y alimento así como la recuperación provisional de los servicios públicos básicos.
  5. Dirigir y conducir las actividades necesarias encaminadas a obtener la tranquilidad de la población.
  6. Participar en la formulación y difusión de la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional, en lo concerniente a Defensa Civil.
  7. Asesorar al Consejo de Defensa Nacional en materia de Defensa Civil.
  8. Propiciar la coordinación entre los componentes del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, con el objeto de establecer relaciones de colaboración con la Policía Nacional del Perú en labores relacionadas con la vigilancia de locales públicos y escolares, control de tránsito, protección de flora y fauna, atención de mujeres, menores y demás similares.
  9. Formular y proponer para su aprobación por el Consejo de Ministros, el Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres, así como realizar su seguimiento, evaluación y actualización.
  10. Emitir opinión técnica previa a la suscripción de Convenios, Acuerdos y Tratados Internacionales vinculados a la prevención y atención de desastres, así como participar directamente en la etapa de negociación, cuando corresponda.
  11. Establecer y mantener vinculaciones con iniciativas internacionales que impulsen la gestión del riesgo de desastres en el proceso del planeamiento del desarrollo.
  12. Formular y difundir la Doctrina de Defensa Civil.
  13. Promover en coordinación con el Sector Educación y Organismos competentes, las acciones de educación, capacitación e investigación en Gestión del Riesgo de Desastres.
  14. Evaluar las solicitudes de Declaratoria de Estado de Emergencia y, de ser el caso, tramitar el dispositivo correspondiente.
  15. Emitir opinión técnica sobre las actividades que ejecuten los Organismos No Gubernamentales y/o Asociaciones, cualesquiera sea su naturaleza, que reciban y/o administren fondos públicos y no públicos para fines de Gestión del Riesgo de Desastres; así como emitir opinión previa para la renovación de su inscripción en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI o la que  haga sus veces.
  16. Normar y coordinar en el ámbito de su competencia, la intervención del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP, en las acciones de prevención y control de los daños ocasionados por desastres.
  17. Canalizar y organizar la ayuda externa e interna que se reciba para fines de emergencia, así como las que se envíe a otros países en casos similares.
  18. Las demás establecidas por ley o norma expresa, así como las que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines.

 

ESTRUCTURA DEL INDECI

La estructura del Instituto Nacional de Defensa Civil es la siguiente:

a) Alta Dirección

  • Jefatura.
  • Sub Jefatura.

b) Órganos Consultivos y de Coordinación

  • Consejo Consultivo Central.
  • Consejo Consultivo Científico-Tecnológico.
  • Consejo Consultivo de Relaciones Internacionales.
  • Consejo Consultivo Interregional.
  • Comité de Asesoramiento y Coordinación de Emergencias.

c) Órganos de Control

  • Oficina de Control Interno.

d) Órganos de Asesoramiento

  • Oficina de Asesoría Jurídica.
  • Oficina de Planificación y Presupuesto.

e) Órganos de Apoyo

  • Oficina de Administración.
  • Secretaría General e Imagen Institucional.
  • Oficina de Estadística y Telemática.
  • Secretaría Permanente de los Consejos Consultivos y de Coordinación.

f) Órganos de Línea

  • Dirección Nacional de Prevención.
  • Dirección Nacional de Operaciones.
  • Dirección Nacional de Logística.
  • Dirección Nacional de Educación y Capacitación.
  • Dirección Nacional de Proyectos Especiales.

g) Órganos Desconcentrados

Lor órganos desconcentrados son Unidades Orgánicas del INDECI responsables de promover las acciones de Defensa Civil en su respctiva jurisdicción g1. Direcciones Regionales del INDECI: Norte, Costa Centro, Sierra Centro, Sur, Sur Oriente y Nor Oriente.

Son aquellos órganos desconcentrados que adicionalmente a su jurisdicción originaria tienen facultades de supervisión sobre Direcciones Regionales ubicadas en otros departamentos.

Dependen funcionalmente de la Jefatura y administrativamente de la Sub-Jefatura.

  • Dirección Regional INDECI - Norte (DRI-N) Con sede en la ciudad de Piura. Tiene jurisdicción originaria en el Departamento de Piura y facultades de supervisión respecto de las Direcciones Regionales de Tumbes, lambayeque, Cajamarca, la Libertad y Amazonas.
  • Dirección Regional INDECI - Costa Centro (DRI-CC) Con sede en la ciudad de Lima. Tiene jurisdicción originaria en el Departamento de Lima (incluye la Provincia Constitucional del Callao) y facultades de supervisión respecto de las Direcciones Regionales de Ancash e ica.
  • Dirección Regional INDECI - Sierra Centro (DRI-SC) Con sede en la ciudad de Huancayo. Tiene jurisdicción originaria en los Departamentos de Junin y pasco y facultades de supervisión respecto de las Direcciones Regionales de Huancavelica y Ayacucho.
  • Dirección Regional INDECI - Sur (DRI-S) Con sede en las ciudad de Arequipa. Tiene jurisdicción originaria en el Departamento de Arequipa y facultades de supervisión respecto de las Direcciones Regionales de Puno, Tacna y Moquegua.
  • Dirección Regional INDECI - Sur Oriente (DRI-SO) Con sede en la ciudad de Cusco. Tiene jurisdicción originaria en los Departamentos de Cusco y Apurimac y facultades de supervisión respecto de las Dirección Regional de Madre de Dios.
  • Dirección Regional INDECI - Nor Oriente (DRI-NO) Con sede en la ciudad de Tarapoto. Tiene jurisdicción originaria en los Departamentos de San Martín y Huanuco y facultades de supervisión respecto de las Direcciones Regionales de Loreto y Ucayali.

g2. Direcciones Regionales del INDECI

Son aquellos órganos desconcertados que cumplen funciones del INDECI en el ámbito de su jurisdicción. Dependen funcionalmente de la Jefatura y administrativamente de la Sub-Jefatura, bajo la coordinación y supervición de la Dirección Regional del INDECI a la que pertenecen de acuerdo a lo señalado en el punto g1.

  • Dirección Regional INDECI – Amazonas Con sede en la ciudad de Bagua y su jurisdicción abarca al Departamento Amazonas y las provincias de San Ignacio, Jaén y Cutervo del Departamento de Cajamarca.
  • Dirección Regional INDECI – Lambayeque Con sede en la ciudad de Chiclayo y su jurisdicción abarca al Departamento de Lambayeque y las provincias de Cajabamba, Cajamarca, Celendín, Contumazá, Chota, Hualgayoc, San Miguel, San Marcos, San Pablo y Santa Cruz del Departamento de Cajamarca.
  • Dirección Regional INDECI - La Libertad Con sede en la ciudad de Trujillo y su jurisdicción abarca el Departamento de la Libertad.
  • Dirección Regional INDECI – Ica Con sede en la ciudad de Ica y su jurisdicción abarca el Departamento de Ica.
  • Dirección Regional INDECI – Ancash Con sede en la ciudad de Huaraz y su jurisdicción abarca el Departamento de Ancash.
  • Dirección Regional INDECI – Tacna Con sede en la ciudad de Tacna y su jurisdicción abarca los Departamentos de Tacna y Moquegua.
  • Dirección Regional INDECI – Puno Con sede en la ciudad de Juliaca y su jurisdicción abarca el Departamento de Puno.
  • Dirección Regional INDECI – Ayacucho Con sede en la ciudad de Huamanga y su jurisdicción abarca los Departamentos de Ayacucho y Huancavelica.
  • Dirección Regional INDECI - Madre de Dios Con sede en la ciudad de Puerto Maldonado y su jurisdicción abarca el Departamento de Madre de Dios.
  • Dirección Regional INDECI – Loreto Con sede en la ciudad de Iquitos y su jurisdicción abarca el Departamento de Loreto.
  • Dirección Regional INDECI – Ucayali Con sede en la ciudad de Pucallpa y su jurisdicción abarca el Departamento de Ucayali.

 




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