Las Detracciones del IGV
Este sistema de pago de obligaciones tributarias viene siendo aplicado desde el año 2002 con la finalidad de evitar la evasión del pago de IGV por parte de los sectores altamente informales.
Este sistema de pago de obligaciones tributarias viene siendo aplicado desde el año 2002 con la finalidad de evitar la evasión del pago de IGV por parte de los sectores altamente informales.
Las Detracciones del IGV
El sistema de detracciones no constituye un nuevo impuesto.
Consiste en el descuento efectuado por el adquiriente o usuario del bien o servicio gravados con IGV sujeto al sistema. Dicho descuento es equivalente a un porcentaje, que es distinto para cada bien o servicio, del total del precio de venta. Este monto descontado será depositado por el comprador en una cuenta corriente en el Banco de la Nación a nombre del vendedor o de la persona quien presta el servicio, la misma que podrá realizar el pago de sus obligaciones tributarias con el dinero depositado en la mencionada cuenta.
En caso el cliente no realice el depósito, el proveedor o prestador del servicio está obligado a efectuarlo hasta un plazo máximo de cinco días hábiles luego de haber recibido el integro del pago por el bien o servicio.
Bienes y Servicios afectos al Sistema
Bienes / Servicios |
Tasa |
Anexo |
Observaciones |
---|---|---|---|
Actuales |
|
|
|
Azúcar |
10% |
I |
Azúcar de caña |
Alcohol etílico |
10% |
I |
Alcohol etílico, cualquier grado alcohólico volumétrico |
Madera |
9% |
I |
Madera en bruto, flejes, aserrada o desbastada, perfiladas longitudinalmente, chapada y/o estratificada |
Recursos Hidrobiológicos (Pesca) |
9% |
II |
Pescados, crustáceos, moluscos. |
Maíz amarillo duro |
10% |
II |
|
Algodón |
11% |
II |
En rama (15%) y desmotado (11%) |
Desperdicios metálicos |
14% |
II |
Se adicionaron otros desechos y desperdicios sólidos (materiales vegetales, textiles, vidrio, plástico, papel, caucho, otros residuos metálicos) |
Arena y piedra |
12% |
II |
Se adicionaron otras arenas, piedras y yeso |
Apéndice I (excepto leche) |
10% |
II |
Se mantiene la excepción a la leche |
Caña de Azúcar |
12% |
II |
|
Intermediación Laboral |
14% |
III |
Se adicionó tercerización (sólo contratos de gerencia) |
|
|
|
|
Nuevos |
|
|
|
Animales Vivos |
10% |
II |
Bovinos, ovinos, caprinos, caballos, asnos. |
Carnes y despojos comestibles |
10% |
II |
Carnes de bovinos, ovinos, caprinos, caballos, asnos. |
Abonos, cueros y pieles de origen animal |
10% |
II |
Abonos de origen animal y vegetal, cueros de animales |
Aceite de pescado |
9% |
II |
|
Harina de pescado |
9% |
II |
Harina de pescado y moluscos |
Embarcaciones pesqueras |
9% |
II |
|
Arrendamiento de bienes muebles |
9% |
III |
Incorpora el arrendamiento gravado con IGV de los bienes incluidos en 1,330 partidas arancelarias. |
Mantenimiento y reparación |
9% |
III |
Mantenimiento y reparación de barcos de pesca, boyas y flotadores para redes de pesca, redes de pesca y maquinaria y equipo de plantas de procesamiento de recursos hidrobiológicos. |
Movimiento de carga |
14% |
III |
Estiba o desestiba, movilización y/o tarja de bienes (661). |
Otros servicios empresariales |
14% |
III |
Actividades jurídicas (7411), contables (7412), investigación de mercados (7413), asesoría empresarial (7414) arquitectura e ingeniería (7421), publicidad (7430), investigación y seguridad (7492), limpieza de edificios (7493), envase y empaque (7495). |
Operaciones Sujetas al Sistema
Anexo 1: Bienes Sujetos al SPOT
Estas operaciones estarán afectas a detracción siempre que superen el valor de ½ UIT.
Anexo 2: Bienes Sujetos al SPOT
Estas operaciones estarán afectas a detracción siempre que superen el valor 700 Nuevos Soles.
Anexo 3: Servicios sujetos al SPOT
Estas operaciones estarán afectas a detracción siempre que superen el valor 700 Nuevos Soles.
Sujetos Obligados a Efectuar el Depósito
Para bienes del Anexo 1:
Para los bienes del Anexo 2:
Para servicios del Anexo 3:
Requisitos de los comprobantes de pago
Constancia de Depósito
Esta operación será sustentada por la constancia de depósito.
Requisitos de la constancia de Depósito
Sanciones en caso de no efectuar la detracción
Normas legales sobre el IGV de 2003
El Impuesto General a las Ventas - IGV
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