Disposiciones y Formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2010
Se establece cronograma para que las empresas tomen sus precauciones y no realicen sus declaraciones a última hora en la declaración jurada del impuesto a la renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2010
Por: Rolando Ganto Silvera *
Por medio de la Resolución de Superintendencia Nº 336-2010/SUNAT, publicada el día 30 de diciembre de 2010, se establecen una serie de puntos relevantes para el cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2010.
Cabe señalar, que al respecto el dispositivo legal en comentario contiene los siguientes artículos referidos a: los medios para presentar la declaración, forma y condiciones para la presentación de la declaración mediante el formulario virtual N° 667 – Simplificado Rentas del Trabajo 2010 y pago del impuesto, lugares para presentar la declaración y efectuar el pago de regularización del impuesto y del ITF y fechas a partir de las cuales podrá realizarse dicha presentación, entre otros más.
Asimismo, resaltemos el artículo que señala el plazo para presentar la declaración y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF, el mismo que plasma el siguiente cuadro:
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC FECHA DE VENCIMIENTO
9 25 de marzo de 2011
0 28 de marzo de 2011
1 29 de marzo de 2011
2 30 de marzo de 2011
3 31 de marzo de 2011
4 1 de abril de 2011
5 4 de abril de 2011
6 5 de abril de 2011
7 6 de abril de 2011
8 7 de abril de 2011
Cabe precisar que la presente normas entrara en vigencia el 31 de diciembre de 2010.
FUENTE DIARIO PERUANO: RESOLUCION Nro. 336-2010 /SUNAT DEL 30.12.2010
(*)Autor :
Rolando Ganto Silvera
CPC 17301
Email [email protected]
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