Seguridad

Instalación de Señales de Seguridad en Locales Comerciales

Todas las Municipalidades del Perú por Ley están obligadas a exigir a todos los locales comerciales la instalación de señales de Seguridad (Según Norma Técnica NTP399.010-1 Indeci e Indecopi)


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Para todos aquellos comerciantes e inversionistas grandes o pequeños que desean poner un local con atención al público es de obligatoriedad para obtener su licencia de funcionamiento para su local/oficina instalar correctamente las señales de advertencia/seguridad.


MEDIDAS PARA COLOCAR UNA SEÑAL

  • La altura normada para colocar una señal en oficinas, colegios, nidos, tiendas, consultorios, clínicas, teatros, cines, restaurantes, discotecas es de 1.80 metros o 2.10 metros medidos desde el piso
  • Las señales de salida y salida de emergencia o escape se colocarán en la parte superior del marco de la puerta de evacauación.
  • La señal del extentor se instalará a una altura de 1.80metros y el equipo se colocará a 1.50 metros de altura correspondiente. En el caso de grandes almacenes o centros comerciales la altura recomendada es de 2.10m, 2.50m ó 2.80 metros y el tamaño de la señal será proporcional a la distancia en que va a ser visualizada.

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RECOMENDACIONES IMPORTANTES

  • No se deberá colocar ningún otro aviso o afiche cerca de la señal de seguridad instalada, ya que puede anular su rápida visualización.
  • Deberá mantener libre el espacio deonde esté colocado el extintor ya que podría dificultar su rápida utilización en caso de una emergencia (1 metro cuadrado aproximadamente)
  • Revisar la fecha de vencimiento de los equipos para recargarlos inmediatamente y estar operativos al 100%, el no hacerlo contrae a multas.
  • Es obligatorio enumerrar en forma correlativa tanto la señal como el equipo extintor.
  • Las señales fotoluminiscentes están recomendadas para empresas o fábricas que hacen turnos de noche o que congreguen a muchas personas en sus instalaciones (clínicas, hospitales, centros comerciales, universidades, institutos, estadios, teatros discotecas, clubes, auditorios, fábricas) para indicar bien sus rutas de evacuación o equipos contra incendios.
  • las señales de Zona Segura se colocarán en las columnas a una altura de 1.80 metros.
  • Se debe implementar de manera obligatoria un reglamento y capacitación sobre Seguridad, Salud y medio ambiente, según DS-009/2005 del Ministerio de Trabajo, bajo penalidad y sanción, Sus inspectores del MT verifican el cumplimiento del DS.

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