Evolución del sistema de detracciones en el IGV : 2002 - 2011

Evolución del sistema de detracciones en el IGV : 2002 - 2011

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Base Legal Fecha de Publicación Descripción
               
1 Decreto Legislativo Nº 917 26.01.2001 Crean el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central.
2 D S N° 070-2002-EF 03.05.2002 Fijan en 12% el porcentaje máximo a detraer del precio de venta de los bienes sujetos al SPOT.
3 R de S Nº 058-2002/SUNAT 10.06.2002 Señalan bienes sujetos al SPOT
4 Ley Nº 27877 14.12.2002 Modifica diversos artículos del D. Leg. Nº 917.
5 R de S Nº 011-2003/SUNAT 17.01.2003 Amplian los alcances del SPOT a los recursos hidrobiológicos.
6 D S N° 033-2003-EF 19.03.2003 Se fija en 15.25% el porcentaje máximo a detraer del precio de venta de bienes o prestación de servicios comprendidos en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central. Antes el máximo era 12%.
7 R de S Nº 082-2003/SUNAT 06.04.2003 Modifican la R de S Nº 058-2002/SUNAT con la finalidad de incorporar nuevos productos al Sistema
8 R de S Nº 109-2003/SUNAT 23.02.2003 Suspenden hasta el 31 de agosto de 2003 la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias a la venta de arroz y maíz amarillo duro.
9 R de S Nº 117-2003/SUNAT 30.05.2003 Modifican R de S que aprobó la aplicación del SPOT en el sentido de establecer que no se efectuará detracción cuando por cada unidad de transporte el precio de venta o la suma de los precios de venta de los bienes sujetos al sistema sea igual o menor a 1/4 de UIT. Esta disposición no es aplicable a la caña de azúcar destinada a la elaboración de azúcar o alcohol etílico. Asimismo, se establece un procedimiento para las solicitudes de libre disposición de los montos depositados por aquellos contribuyentes que han sido detraídos en sus ventas y han efectuada detracción en sus compras.
10 R de S Nº 127-2003/SUNAT 27.06.2003 Modifican la R de S Nº 058-2002/SUNAT con la finalidad de incorporar nuevos productos al Sistema.
11 R de S Nº 131-2003/SUNAT 28.06.2003 Aprueban normas para la aplicación del SPOT a los servicios de intermediación laboral.
12 R de S Nº 153-2003/SUNAT 11.08.2003 Se modifica la R de S Nº 058-2002/SUNAT en el sentido de precisar la denominación de dos de los bienes sujetos al SPOT de "arena y piedra para construcción" a "arena y piedra". Asimismo, se reduce la tasa de percepción de los bienes contenidos en el Inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, de los contribuyentes que hubieran renunciado a la exoneración, de 12% a 10% y se excluye de este régimen a la Leche entera cruda. Finalmente, se eleva de 1/4 a 1/2 UIT el precio de venta de los bienes sujetos al sistema por cada unidad de transporte para que proceda la percepción y se deja fuera de este mínimo a 1) arena y piedra, 2) desperdicios y desechos metálicos y 3) bienes del Inciso A) del Apéndice I cuando sean adquiridos por sujetos que deban sustentar crédito fiscal o saldo a favor del exportador.
13 R de S Nº 164-2003/SUNAT 29.08.2003 Prorrogan la suspensión de la aplicación del SPOT a la venta de arroz y maíz amarillo duro hasta el 31/10/2003, esta suspensión concluia el 31/08/2003.
14 R de S Nº 186-2003/SUNAT 14.10.2003 Modifican el sistema de detracciones aplicable a la venta de recursos hidrobiológicos gravado con el IGV. Se mantiene la tasa de 9% para los proveedores que estén en una lista que publicará SUNAT en su página web bajo el titulo "Proveedores sujetos al SPOT con el porcentaje de 9%". Para los proveedores que no estén en esa lista la tasa de detracción sobre el precio de venta será de 15%. Antes había sólo una tasa 9%.
15 R de S Nº 196-2003/SUNAT 30.10.2003 Prorrogan la suspensión de la aplicación del SPOT a la venta de arroz y maíz amarillo duro hasta el 31/12/2003, esta suspensión concluia el 31/10/2003.
16 R de S Nº 214-2003/SUNAT 22.11.2003 Incluyen dos subpartidas nacionales adicionales correspondientes a desperdicios y desechos metálicos sujetos al SPOT 7204.30.00.00 y 7404.00.00.00.
17 Decreto Legislativo N° 940 20.12.2003 Se modifica el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) en el sentido de señalar que en adelante éste se aplicará tomando como referencia el precio de mercado, definido como el precio promedio que conste en una publicación oficial. En aquellos casos en los que no se difunda un precio de mercado, éste será el valor de mercado determinado conforme al Art. 32º de la Ley del Impuesto a la Renta. La SUNAT debe determinar los bienes o sectores a los que se aplicará el sistema así como el porcentaje de detracción o el monto fijo por unidad que corresponda pagar en cada caso. Asimismo, se establecen 4 infracciones sancionadas con multa que no están en las tablas del Código Tributario.
18 R de S Nº 241-2003/SUNAT 31.12.2003 Prorrogan la suspensión de la aplicación del SPOT a la venta de arroz y maíz amarillo duro hasta el 31/03/2004, esta suspensión concluia el 31/12/2003.
19 Decreto Legislativo N° 954 05.02.2004 Se modifica el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT). Se agrega  dentro del  ámbito de aplicación  del SPOT al transporte público de pasajeros y/o transporte público o privado de bienes realizados por vía terrestre.
20 R de S Nº 078-2004/SUNAT 01.04.2004 Prorrogan la suspensión de la aplicación del SPOT a la venta de arroz y maíz amarillo duro hasta el 31/06/2004, esta suspensión concluia el 31/03/2004.
21 R de S Nº 130-2004/SUNAT 01.06.2004 Prorrogan la suspensión de la aplicación del SPOT a la venta de maíz amarillo duro hasta el 31/08/2004, esta suspensión concluía el 31/05/2004.
22 R de S N° 183-2004/SUNAT 15.08.2004 Aprueban normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central. En los anexos de la resolución se especifica el porcentaje de detracción a aplicar a cada uno de los bienes o servicios que están dentro de su ámbito de aplicación.
23 R de S N° 207-2004/SUNAT  10.09.2004 Flexibilizan lo dispuesto en el reglamento del SPOT (R S Nº 183-2004/SUNAT) con relación a los bienes sujetos al sistema y la libre disposición de los saldos de las cuentas abiertas por los sujetos a este Sistema. En particular, se establece que el sistema no se aplicara cuando el importe de la operación sea inferior a 1/2 UIT.
24 R de S N° 208-2004/SUNAT  14.09.2004 Modifican el Reglamento del SPOT ( R de S Nº 183-2004/SUNAT) en el sentido de establecer que para la evaluación de la solicitud de libre disposición de los saldos depositados en las cuentas del Banco de la Nación no se considera como deuda las cuotas no vencidas de fraccionamientos otorgados a favor del contribuyente.
25 R de S N° 209-2004/SUNAT  16.09.2004 Disponen que el SPOT no se aplicara temporalmente (hasta el 31 de octubre de 2004) a la venta de animales vivos, carnes y despojos comestibles.
26 R de S N° 221-2004/SUNAT  28.09.2004  Modifican la R de S Nº 183-2004/SUNAT que aprobó las normas para la aplicación del SPOT, en lo relacionado al procedimiento para solicitar la libre disposición de los montos depositados y la exclusión de algunos servicios de la aplicación de este sistema, entre los que se encuentra, la venta de espacio o tiempo en medios de comunicación y los servicios prestados por operadores de comercio exterior.
27 R de S N° 247-2004/SUNAT 22.10.2004 Establecen que excepcionalmente no se aplicara el SPOT hasta el 31 de diciembre de 2004 a la venta de animales vivos, carnes y despojos comestibles.
28 R de S N° 254-2004/SUNAT 30.10.2004 Aprueban Régimen de Gradualidad vinculado al SPOT.
29 R de S N° 261-2004/SUNAT 30.10.2004 Modifican la R de S Nº 183-2004/SUNAT que dictó las normas reglamentarias para la aplicación del SPOT, respecto del procedimiento para realizar los depósitos en el Banco de la Nación y para solicitar la devolución de los fondos de libre disposición.
30 D S N° 155-2004-EF 14.11.2004 Aprueban TUO del Decreto Legislativo Nº 940 referido al SPOT.
31 R de S N° 297-2004/SUNAT 05.12.2004 Modifican el procedimiento para realizar depósitos en el Banco de la Nación en aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Estado con la finalidad de establecer que los mismos pueden también ser realizados vía Internet.
32 R de S N° 300-2004/SUNAT 15.12.2004 Modifican la R de S Nº 183-2004/SUNAT en el sentido de modificar las tasas de detracción que se aplican al maíz amarillo duro, animales vivos, carnes y despojos comestibles y abonos, cueros y pieles de origen animal.
33 R de S N° 003-2005/SUNAT 08.01.2005 Se establece que hasta el 30 de junio de 2005. no se aplicará el SPOT a tos bienes comprendidos en las subparlidas nacionales 0102.10.00.00 (reproductores de raza pura de la especie bovina), 0102.90.90.00 (los demás de la especie bovina, excepto para lidia) y 0104.10.10.00/0104.09.00.00 (animales vivos de las especies ovina o caprina) del numeral 6 del Anexo 2 de la R de S Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias.
34 R de S N° 010-2005/SUNAT 15.01.2005 Hasta el 15 de marzo de 2005 no se aplicará el SPOT a la venta de animales vivos, carnes y despojos comestibles, abonos, cueros y pieles de origen animal..
35 D S Nº 007-2005-AG 01.02.2005 Constituyen comisión multisectorial encargada de proponer soluciones a la situación del sector pecuario respecto a la tasa del IGV y al SPOT. Hay un representante de la SUNAT.
36 R de S N° 055-2005/SUNAT 05.03.2005 Hasta el 30 de septiembre de 2005 no se aplicará el SPOT a la venta de animales vivos, carnes y despojos comestibles, abonos, cueros y pieles de origen animal.
37 R de S N° 064-2005/SUNAT 13.03.2005 Se incluye a la leche cruda entera comprendida en la subpartida nacional 0401.20.00.00 dentro del SPOT siempre que el proveedor hubiera renunciado a la exoneración del IGV.
38 R de S N° 178-2005/SUNAT 22.09.2005 Modifican la R de S Nº 183-2004/SUNAT que estableció normas reglamentarias para la aplicación del SPOT. Además, se posterga hasta el 31.12.2005 la no aplicación del SPOT a la venta de animales vivos, carnes y despojos comestibles, abonos, cueros y pieles de origen animal (Fe de erratas publicada el 24/09/2005).
39 Ley N° 28605 25.09.2005 Modifican Ley que aprobó el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central con la finalidad de incluir dentro de su alcance el transporte público de pasajeros y carga realizado por vía terrestre.
40 R de S N° 258-2005/SUNAT 29.12.2005 Modifican la R de S Nº 184-2004/SUNAT mediante la cual se normó la aplicación del SPOT con el Gobierno Central en el sentido de establecer situaciones en las que no procede la aplicación del Sistema cuando se trata de los servicios de arrendamientos de bienes muebles, servicios empresariales y servicio de transporte de personas, entre otras disposiciones que buscan facilitar el funcionamiento del SPOT.
41 Anexo de la R de S Nº 258-2005/SUNAT 30.12.2005 Publican anexo de la R de S Nº 258-2005/SUNAT publicada el 29.12.2005 en el diario oficial El Peruano.
42 R de S Nº 032-2006/SUNAT 24.02.2006 Modifican el SPOT en lo concerniente a la determinación de las operaciones exceptuadas de su aplicación. La norma modifica los artículos 8º y 13º de la R de S Nº 183-2004/SUNAT que establecen cuales son las operaciones a las que no se aplica el sistema. 
43 D S Nº 010-2006-MTC 25.03.2006 Aprueban tabla de valores referenciales para la aplicación del SPOT en el servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre en vehículos destinados al transporte de mercancías.
44 R de S Nº 056-2006/SUNAT 02.04.2006 Modifican porcentajes para la determinación de las detracciones correspondientes a distintos bienes y servicios incluidos en el SPOT, asimismo se precisa la descripción del término "arrendamiento de bienes" y "fabricación de bienes por encargo".
45 R de S Nº 081-2006/SUNAT 26.05.2006 Se modifica el importe mínimo de las operaciones de S/. 700 a S/. 400.
46 R de S Nº 110-2006/SUNAT 01.07.2006 Se posterga el inicio de la vigencia del Régimen para el 17.07.2006.
47 R de S Nº 127-2006/SUNAT 25.07.2006 Se supende hasta el 31.08.2006 la vigencia de la R de S Nº 073-2006/SUNAT.
48 R de S Nº 132-2006/SUNAT 09.08.2006 Se amplía la descripción de los bienes sujetos al SPOT relacionados con maíz amarillo duro.
49 R de S Nº 138-2006/SUNAT 01.09.2006 Se supende hasta el 30.09.2006 la vigencia de la R de S Nº 073-2006/SUNAT.
50 R de S Nº 158-2006/SUNAT 30.09.2006 Se supende hasta el 30.11.2006 la vigencia de la R de S Nº 073-2006/SUNAT.
51 D S Nº 033-2006-MTC 30.09.2006 Se modifica el D S Nº 010-2006-MTC que aprobó la Tabla de Valores Referenciales para la aplicación del SPOT al servicio de transporte de bienes realizado por vía terrestre.
     
52 R de S Nº 057-2007/SUNAT 18.03.2007 Se establece la aplicación del SPOT al Servicio de transporte publico de pasajeros realizado por vía terrestre.
53 R de S Nº 166-2007/SUNAT 25.08.2007 Se posterga la entrada en vigencia de la R de S Nº 057-2007/SUNAT hasta el 01.12.2007.
54 R de S Nº 180-2007/SUNAT 29.09.2007 Se simplifica procedimiento para entrega de información y depósito por parte de las administradoras de peaje.
55 R de S Nº 098-2008/SUNAT 19.06.2008 Modifican disposiciones sobre el procedimiento de depósito de la detracción.
56 R de S N° 260-2009/SUNAT 10.12.2009 Modifican Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT que aprobó normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central.
57 R. de S. N° 212-2010/SUNAT 23.07.2010 Resolución de Superintendencia que incorporan garitas o puentes de peaje al Anexo de la Resolución N° 057-2007/SUNAT  de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al Servicio de Transporte de Pasajeros realizado por vía terrestre.
58 R. S. N° 259-2010/SUNAT 18.09.2010 Incorporan garita o puntos de peaje al Anexo de la Resolución de superintendencia N° 057-2007/SUNAT que regula la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al servicio de transporte de pasajeros realizado por vía terrestre.
59 R. de S. N° 293-2010/SUNAT 31.10.2010 Modifica la R. de S. N° 183-2004/SUNAT a fin de incluir a los Contratos de Construcción en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias en el Gobierno Central.
60 R. de S. N° 294-2010/SUNAT 31.10.2010 Se modifica la R. de S. N° 183-2004/SUNAT que aprobó las Normas para la Aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central para incluir bienes en el Anexo 2.
Se incorpora al Sistema a los sujetos que realicen ventas gravadas con el IGV de minerales de oro y sus concentrados; amalgama de oro;  para uso no monetario en las demás formas semilabradas; oro para el uso monetario; desperdicios y desechos de oro, excepto las barreduras que contengan otro metal precioso. La tasa de detracción será de 12% y se aplicará también al oro para uso monetario en polvo y en bruto, cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice I del TUO de la Ley del IGV e ISC
61 R. de S. N° 306-2010/SUNAT 11.11.2010 Modifican la R de S N° 183-2004/SUNAT que aprobó normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central para incluir bienes en el Anexo 2.
Se incorporaron los numerales 17 y 18 en el Anexo 2 de dicha Resolución, incorporando a la páprika y al espárrago al SPOT, ambos con una tasa de detracción de 12%.
62 R. de S. N° 037-2011/SUNAT 15.02.2011 Modifican la R. de S. N° 183-2004/SUNAT que aprobó Normas para la Aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central para incluir bienes en el Anexo N° 2.
Se incorpora el numeral 19 en el Anexo N° 2 a los minerales metálicos no auríferos  con un porcentaje de 12%.
63 R. de S. N° 044-2011/SUNAT 22.02.2011 Modifican la R. de S. N° 183-2004/SUNAT, que aprobó normas para la aplicación del SPOT con el Gobierno Central, respecto de la venta de residuos, subproductos, desechos, recorte y desperdicios.
Se modifica la tasa de detracción para estos bienes de 10% a 15%.
64 R. de S. N° 098-2011/SUNAT 21/04/2011 Modifican la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT que aprobó normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central para ampliar los servicios de mantenimiento y reparación de bienes muebles en general, con una tasa de detracción de 9%.



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