La persona humana es el fin supremo de la sociedad y el Estado
Uno de los artículos más importantes de la constitución que habla sobre la persona como base fundamental de la sociedad.
Lectura .
El primer artículo de la constitución política del Perú hace referencia a la defensa de la persona humana y también al respeto a su dignidad. Esta normativa respecto a este tema nos permite reflexionar que no solamente significa respetarse la dignidad sino también protegerla, además hacer que la dignidad sea no solo un principio sino un derecho para que se encuentre protegido y regulado en el Código Procesal Constitucional.
La defensa a la persona humana puede abarcar el respeto a su igualdad y libertad en su objetivo de desarrollo personal. Es sujeto de derechos desde su concepción. Por lo tanto existen normas protectoras de la vida humana y de la persona física.
Con respeto a la dignidad, es un tema de mucha polémica porque muchas veces son usados los medios de comunicación para dañar la imágen de una persona. En algunos casos se denuncia, se detiene a una persona, luego se prueba su inocencia y su imagen se queda dañada. Por este motivo, es necesario recordar lo que dice la constitución:
Capítulo I
Derechos fundamentales de la persona
Artículo 1. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Le puede interesar:
Derecho de toda persona según el artículo #2 de la constitución política del Perú
Vacancia o suspensión de la Presidencia de la República
¿Tiene algún comentario? deje el suyo más abajo...