Regimen Laboral Especial

Otros beneficios para las microempresas

Estos son los beneficios adicionales para las microempresas:


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ANTE EL MTPE

Sí, existen otros beneficios. En la solicitud de acogimiento al Régimen Laboral Especial, el empresario podrá solicitar la exoneración del 70% en los pagos previstos en el TUPA del MTPE; con ello, se reducen los costos del empresario.

El Banco de la Nación ha habilitado el CÓDIGO 1996 para la MYPE, en el cual se puede ingresar directamente el monto de pago correspondiente al trámite a realizar por la MYPE considerando el 70% de exoneración. Este beneficio se encuentra vigente hasta el 12.09.2006.

Para acceder a este beneficio se deberá presentar la declaración jurada de ser MYPE, la cual se encuentra sujeta a una fiscalización posterior (los formatos se encuentran en las páginas 17 y 18, así como en la sección formularios)

ANTE OTRAS ENTIDADES DEL ESTADO

De conformidad al artículo 5º del D.S. Nº 009-2003-TR, las MYPE acreditan su condición de tal, a través de la presentación de una declaración jurada sujeta a una fiscalización posterior de parte de la entidad receptora.

De no existir un formato pre-establecido por la entidad, la declaración jurada debería contener los datos de la empresa, del representante legal o conductor, dirección, actividad que desarrolla y la declaración que la empresa que representa o conduce es una Micro o Pequeña Empresa.




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