Debe cumplir con las siguientes disposiciones laborales:
- Exhibir el libro de planillas, las boletas de pago y acreditar su entrega.
- Pagar la remuneración convenida (no menos de S/. 500 cuando se cumpla una jornada de cuatro horas o más), el pago de horas extras, descansos semanales, feriados, sobretasa nocturna cuando corresponda.
- Incorporar en la planilla a sus trabajadores dentro de las 72 horas de iniciada sus labores.
- Otorgar vacaciones de 15 días cuando corresponda.
- Acreditar los pagos a EsSalud y pensiones.
- Tener un registro permanente de control de asistencia en soporte físico o digital (tarjeta, cuaderno, reloj ó cualquier otra forma de registro), adoptándose medidas de seguridad que no permitan su adulteración. El registro deberá contener la siguiente información:
- Nombre o razón social del empleador.
- RUC del empleador.
- Nombre y DNI del trabajador.
- Fecha, hora y minuto del ingreso o salida de la jornada y del tiempo de refrigerio (mínimo 45 minutos).
- Identificación de las horas extraordinarias o de sobretiempo trabajadas.
- Cumplir con la jornada de de 08 horas diarias ó 48 semanales,
- Colocar en lugar adyacente al sistema de registro de control de ingresos y salidas un aviso con el horario de trabajo y el tiempo de tolerancia de ser el caso.
- Contratos de trabajo sujetos a modalidad, convenios con familiares, solicitud de acogimiento al Régimen Laboral Especial, entre otros.