Regimen Laboral Especial

Principales disposiciones laborales que deben cumplir las microempresas

Para pertenecer al Régimen Laboral especial existen ciertas disposiciones que deben cumplirse.


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Debe cumplir con las siguientes disposiciones laborales:

  1. Exhibir el libro de planillas, las boletas de pago y acreditar su entrega. 
  2. Pagar la remuneración convenida (no menos de S/. 500 cuando se cumpla una jornada de cuatro horas o más), el pago de horas extras, descansos semanales, feriados, sobretasa nocturna cuando corresponda. 
  3. Incorporar en la planilla a sus trabajadores dentro de las 72 horas de iniciada sus labores.
     
  4. Otorgar vacaciones de 15 días cuando corresponda. 
  5. Acreditar los pagos a EsSalud y pensiones. 
  6. Tener un registro permanente de control de asistencia en soporte físico o digital (tarjeta, cuaderno, reloj ó cualquier otra forma de registro), adoptándose medidas de seguridad que no permitan su adulteración. El registro deberá contener la siguiente información:
    - Nombre o razón social del empleador.
    - RUC del empleador.
    - Nombre y DNI del trabajador.
    - Fecha, hora y minuto del ingreso o salida de la jornada y del tiempo de refrigerio (mínimo 45 minutos).
    - Identificación de las horas extraordinarias o de sobretiempo trabajadas. 
  7. Cumplir con la jornada de de 08 horas diarias ó 48 semanales, 
  8. Colocar en lugar adyacente al sistema de registro de control de ingresos y salidas un aviso con el horario de trabajo y el tiempo de tolerancia de ser el caso. 
  9. Contratos de trabajo sujetos a modalidad, convenios con familiares, solicitud de acogimiento al Régimen Laboral Especial, entre otros.



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