Regimen Laboral Especial

Derechos laborales que comprende el régimen laboral especial

El Régimen Laboral Especial tiene derechos modificados en virtud de promover la microempresa y hacer que estas tengan menos carga en sus costos.


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El Régimen Laboral Especial comprende sólo los siguientes derechos:
  1. REMUNERACIÓN: No menor de RMV( Ejemplo: año 2006 la RMV fue de S/. 500.00 nuevos soles).
  2. VACACIONES: 15 días al año.
  3. JORNADA DE TRABAJO: 8 horas diarias ó 48 horas semanales.
  4. DESCANSO SEMANAL y DESCANSO POR DÍAS FERIADOS: de 24 horas.
  5. INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO: de ½ remuneración por cada año completo y las fracciones por dozavos;
  6. En SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: Permite el acceso del conductor o persona natural con negocio y de sus trabajadores como asegurados regulares; y en el RÉGIMEN PREVISIONAL: Permite que la incorporación o permanencia en el sistema de pensiones tanto público (ONP) como el privado (AFP), sea opcional.
No forman parte de este Régimen Laboral:
  1. El pago de la COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS),
  2. Las GRATIFICACIONES DE FIESTAS PATRIAS y NAVIDAD,
  3. La ASIGNACIÓN FAMILIAR,
  4. .El PAGO DE UTILIDADES,
  5. La PÓLIZA DE SEGURO y
  6. El TRABAJO NOCTURNO. 
En este último caso NO corresponderá el pago de la sobretasa si en la MICROEMPRESA los trabajadores laboran en el turno nocturno (de 10.00 p.m. a 06.00 a.m.) en forma habitual, permanente o usual.



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